Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-26654)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Tarragona, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rovira i Virgili, para el desarrollo de un proyecto de investigación para un doctorado industrial relativo al «Análisis de los riesgos en las operaciones portuarias y coordinación de su cobertura aseguradora. Sistematización y propuestas de eficiencia y mejora».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175273
El doctorando o doctoranda debe dedicarse exclusivamente al proyecto de investigación
y debe distribuir su tiempo, aproximadamente, de la siguiente manera: 40 % en la APT
y 60 % en la URV.
Las partes firmantes deben informar al doctorando o doctoranda de los riesgos de los
centros de trabajo, respectivamente, y formarlo en la seguridad de sus instalaciones. En
todo caso, deben establecer mecanismos de coordinación entre las partes firmantes para
garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y riesgos
laborales.
Dado que el contrato laboral se suscribe entre la APT y el doctorando o doctoranda,
la URV queda exonerada de cualquier responsabilidad que derive del hecho de que la
APT o el trabajador incumplan la normativa laboral aplicable.
Quinta.
Financiación.
Para ejecutar el proyecto de investigación, las partes firmantes asumen las siguientes
obligaciones económicas:
La APT se hace cargo de los siguientes gastos:
– Los derivados de la contratación laboral del doctorando o doctoranda, de acuerdo
con lo establecido en la cláusula cuarta de este convenio.
La URV asume los siguientes gastos:
– Los gastos derivados de la matrícula de doctorado o doctoranda (en la cuantía que
resulte del Decreto que para cada anualidad fija los precios de los servicios académicos
en las universidades públicas de Cataluña), los gastos de movilidad, formación y
publicación de artículos del estudiante de doctorado; con un compromiso económico
estimado máximo de 3.600 euros para cada una de las tres primeras anualidades y que
se financian con cargo a las ayudas otorgadas por la convocatoria de ayudas de
doctorados industriales por el concepto de «Bolsa del doctorando o doctoranda».
– Otros gastos asociados al desarrollo del proyecto (por ejemplo, material fungible,
inventariable, desplazamientos y otros gastos directamente relacionados con la
ejecución del proyecto y la actividad formativa del estudiante de doctorado); con un
compromiso económico estimado máximo de 7.600 euros para cada una de las tres
primeras anualidades y que se financian con cargo a las ayudas otorgadas por la
convocatoria de ayudas de doctorados industriales por el concepto de «Financiación
para el grupo de investigación» o en caso de que se considere oportuno, también se
pueden financiar con fondos propios del grupo de investigación.
– La URV debe informar periódicamente a los estudiantes de doctorado de las
actividades formativas que se pueden financiar para el doctorado industrial entre las
actividades organizadas por la Universidad o por organismos y entidades vinculados a la
institución.
– La APT pondrá a disposición del estudiante de doctorado de las actividades de
formación específica en temas transversales que pone a disposición de su personal
laboral. El gasto de formación transversal no es un gasto que pueda financiar el proyecto
de doctorado industrial.
cve: BOE-A-2024-26654
Verificable en https://www.boe.es
En relación con la provisión de las 30 horas de formación en competencias
transversales de interés empresarial, a cargo de la URV o de la APT:
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175273
El doctorando o doctoranda debe dedicarse exclusivamente al proyecto de investigación
y debe distribuir su tiempo, aproximadamente, de la siguiente manera: 40 % en la APT
y 60 % en la URV.
Las partes firmantes deben informar al doctorando o doctoranda de los riesgos de los
centros de trabajo, respectivamente, y formarlo en la seguridad de sus instalaciones. En
todo caso, deben establecer mecanismos de coordinación entre las partes firmantes para
garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y riesgos
laborales.
Dado que el contrato laboral se suscribe entre la APT y el doctorando o doctoranda,
la URV queda exonerada de cualquier responsabilidad que derive del hecho de que la
APT o el trabajador incumplan la normativa laboral aplicable.
Quinta.
Financiación.
Para ejecutar el proyecto de investigación, las partes firmantes asumen las siguientes
obligaciones económicas:
La APT se hace cargo de los siguientes gastos:
– Los derivados de la contratación laboral del doctorando o doctoranda, de acuerdo
con lo establecido en la cláusula cuarta de este convenio.
La URV asume los siguientes gastos:
– Los gastos derivados de la matrícula de doctorado o doctoranda (en la cuantía que
resulte del Decreto que para cada anualidad fija los precios de los servicios académicos
en las universidades públicas de Cataluña), los gastos de movilidad, formación y
publicación de artículos del estudiante de doctorado; con un compromiso económico
estimado máximo de 3.600 euros para cada una de las tres primeras anualidades y que
se financian con cargo a las ayudas otorgadas por la convocatoria de ayudas de
doctorados industriales por el concepto de «Bolsa del doctorando o doctoranda».
– Otros gastos asociados al desarrollo del proyecto (por ejemplo, material fungible,
inventariable, desplazamientos y otros gastos directamente relacionados con la
ejecución del proyecto y la actividad formativa del estudiante de doctorado); con un
compromiso económico estimado máximo de 7.600 euros para cada una de las tres
primeras anualidades y que se financian con cargo a las ayudas otorgadas por la
convocatoria de ayudas de doctorados industriales por el concepto de «Financiación
para el grupo de investigación» o en caso de que se considere oportuno, también se
pueden financiar con fondos propios del grupo de investigación.
– La URV debe informar periódicamente a los estudiantes de doctorado de las
actividades formativas que se pueden financiar para el doctorado industrial entre las
actividades organizadas por la Universidad o por organismos y entidades vinculados a la
institución.
– La APT pondrá a disposición del estudiante de doctorado de las actividades de
formación específica en temas transversales que pone a disposición de su personal
laboral. El gasto de formación transversal no es un gasto que pueda financiar el proyecto
de doctorado industrial.
cve: BOE-A-2024-26654
Verificable en https://www.boe.es
En relación con la provisión de las 30 horas de formación en competencias
transversales de interés empresarial, a cargo de la URV o de la APT: