Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-26662)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de comercio minorista de droguerías y perfumerías.
89 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175380
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
26662
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de comercio
minorista de droguerías y perfumerías.
Visto el texto del IV Convenio colectivo estatal de comercio minorista de droguerías y
perfumerías (Código de convenio núm. 99100145012014), que fue suscrito en fecha 30
de septiembre de 2024, de una parte por la asociación empresarial Federación Nacional
de Perfumistas y Drogueros de España (FENPYDE), en representación de las empresas
del sector, y de otra parte por los sindicatos UGT, CC.OO., USO y FETICO, en
representación de los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente subsanado
mediante Acta de fecha 2 de diciembre de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del mencionado convenio colectivo en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de diciembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL COMERCIO MINORISTA DE DROGUERÍAS
Y PERFUMERÍAS 2022-2025
PREÁMBULO
El presente convenio colectivo se ha pactado de una parte por la asociación
empresarial Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de España (FENPYDE) y
de otra parte por los sindicatos CC.OO. Servicios, Federación Estatal de Servicios,
Movilidad y el Consumo (FESMC-UGT), Unión Sindical Obrera (USO) y Confederación
Sindical Independiente FETICO. Ambas partes se reconocen mutuamente legitimación
para la negociación del presente convenio y para suscribirlo en los términos que constan.
Este convenio colectivo goza de naturaleza normativa y eficacia general en los
términos del título III del Estatuto de los Trabajadores dentro de los ámbitos territorial,
funcional y personal del mismo.
cve: BOE-A-2024-26662
Verificable en https://www.boe.es
Partes que lo conciertan
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175380
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
26662
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de comercio
minorista de droguerías y perfumerías.
Visto el texto del IV Convenio colectivo estatal de comercio minorista de droguerías y
perfumerías (Código de convenio núm. 99100145012014), que fue suscrito en fecha 30
de septiembre de 2024, de una parte por la asociación empresarial Federación Nacional
de Perfumistas y Drogueros de España (FENPYDE), en representación de las empresas
del sector, y de otra parte por los sindicatos UGT, CC.OO., USO y FETICO, en
representación de los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente subsanado
mediante Acta de fecha 2 de diciembre de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del mencionado convenio colectivo en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de diciembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL COMERCIO MINORISTA DE DROGUERÍAS
Y PERFUMERÍAS 2022-2025
PREÁMBULO
El presente convenio colectivo se ha pactado de una parte por la asociación
empresarial Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de España (FENPYDE) y
de otra parte por los sindicatos CC.OO. Servicios, Federación Estatal de Servicios,
Movilidad y el Consumo (FESMC-UGT), Unión Sindical Obrera (USO) y Confederación
Sindical Independiente FETICO. Ambas partes se reconocen mutuamente legitimación
para la negociación del presente convenio y para suscribirlo en los términos que constan.
Este convenio colectivo goza de naturaleza normativa y eficacia general en los
términos del título III del Estatuto de los Trabajadores dentro de los ámbitos territorial,
funcional y personal del mismo.
cve: BOE-A-2024-26662
Verificable en https://www.boe.es
Partes que lo conciertan