Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-26631)
Orden PJC/1444/2024, de 3 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 175116
c) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
de este acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su
expedición.
d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes requerirá al Tribunal Calificador Único,
relación complementaria de personas aspirantes que, habiendo aprobado todos los
ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
9.
Nombramiento como personal funcionario de carrera
Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas, reúnen los requisitos de la base cuarta de la presente convocatoria,
serán nombradas personal funcionario de carrera, mediante orden del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que será publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» y contendrá indicación del destino adjudicado.
Norma final
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el
plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses desde su publicación ante el Juzgado Central de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En
caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 3 de diciembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Secretaria General
para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.
cve: BOE-A-2024-26631
Verificable en https://www.boe.es
10.
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 175116
c) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
de este acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su
expedición.
d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes requerirá al Tribunal Calificador Único,
relación complementaria de personas aspirantes que, habiendo aprobado todos los
ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
9.
Nombramiento como personal funcionario de carrera
Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas, reúnen los requisitos de la base cuarta de la presente convocatoria,
serán nombradas personal funcionario de carrera, mediante orden del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que será publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» y contendrá indicación del destino adjudicado.
Norma final
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el
plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses desde su publicación ante el Juzgado Central de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En
caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 3 de diciembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Secretaria General
para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.
cve: BOE-A-2024-26631
Verificable en https://www.boe.es
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