Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-26631)
Orden PJC/1444/2024, de 3 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 175122
cuentas bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de
pago en ningún otro caso.
– Solamente en el caso de que no se pueda realizar el pago por no disponer de
cuenta ni de tarjeta de débito o de crédito en cualquiera de las entidades colaboradoras
adheridas a la pasarela de pago de la Agencia Tributaria, o cuando resulte imposible la
inscripción electrónica por razones técnicas, se podrá realizar la presentación y pago en
papel de manera excepcional, debiendo acreditar documentalmente dicha imposibilidad.
Para ello, en este caso excepcional, se tendrán que seguir las instrucciones que detalla
la página del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General
(https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html) para este caso
particular de «Inscripción presencial» del apartado de «Modalidades de inscripción» de
dicha página web. En concreto, deberá disponer de un certificado electrónico, acceder a
la página del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General
(https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html) y seguir los pasos que
se relacionan a continuación:
● Pulsar en la palabra Inscribirse correspondiente a la convocatoria en la que desee
participar.
● Elegir la opción Imprima y entregue el modelo 790.
● Cumplimentar el formulario electrónicamente conforme a las normas de esta
convocatoria.
● Generar el documento 790 en formato PDF e imprimirlo. Solamente se podrá
generar e imprimir cuando se hayan cumplimentado todos los campos obligatorios.
● Pagar las tasas correspondientes en una entidad financiera colaboradora.
● Presentar las hojas 1 y 2 de la solicitud junto con la documentación
complementaria, en su caso, en cualquier Oficina de Registro de las indicadas en esta
convocatoria (recogidas en el primer párrafo de la base 8.1).
Exención o reducción de tasa:
Las personas que deseen acogerse a la exención o reducción de la tasa y deban
presentar la documentación acreditativa que se indica en la base 5.6 de esta
convocatoria, podrán autorizar al órgano gestor para que pueda verificar esta condición
mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones
Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, respecto a los
siguientes documentos:
En caso de no prestar el consentimiento al órgano gestor se deberá marcar la casilla
que aparece a tal efecto en la solicitud y se presentarán los documentos acreditativos
con la instancia de solicitud.
Asimismo, los demás documentos que se indican en la base 5 deberán aportarse en
todo caso junto con la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse
exento determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso, la presentación
y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-26631
Verificable en https://www.boe.es
– Los acreditativos de grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
– La certificación relativa a la condición de demandante de empleo. IRPF para
verificar las rentas.
– La aportación del título de familia numerosa.
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 175122
cuentas bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de
pago en ningún otro caso.
– Solamente en el caso de que no se pueda realizar el pago por no disponer de
cuenta ni de tarjeta de débito o de crédito en cualquiera de las entidades colaboradoras
adheridas a la pasarela de pago de la Agencia Tributaria, o cuando resulte imposible la
inscripción electrónica por razones técnicas, se podrá realizar la presentación y pago en
papel de manera excepcional, debiendo acreditar documentalmente dicha imposibilidad.
Para ello, en este caso excepcional, se tendrán que seguir las instrucciones que detalla
la página del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General
(https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html) para este caso
particular de «Inscripción presencial» del apartado de «Modalidades de inscripción» de
dicha página web. En concreto, deberá disponer de un certificado electrónico, acceder a
la página del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General
(https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html) y seguir los pasos que
se relacionan a continuación:
● Pulsar en la palabra Inscribirse correspondiente a la convocatoria en la que desee
participar.
● Elegir la opción Imprima y entregue el modelo 790.
● Cumplimentar el formulario electrónicamente conforme a las normas de esta
convocatoria.
● Generar el documento 790 en formato PDF e imprimirlo. Solamente se podrá
generar e imprimir cuando se hayan cumplimentado todos los campos obligatorios.
● Pagar las tasas correspondientes en una entidad financiera colaboradora.
● Presentar las hojas 1 y 2 de la solicitud junto con la documentación
complementaria, en su caso, en cualquier Oficina de Registro de las indicadas en esta
convocatoria (recogidas en el primer párrafo de la base 8.1).
Exención o reducción de tasa:
Las personas que deseen acogerse a la exención o reducción de la tasa y deban
presentar la documentación acreditativa que se indica en la base 5.6 de esta
convocatoria, podrán autorizar al órgano gestor para que pueda verificar esta condición
mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones
Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, respecto a los
siguientes documentos:
En caso de no prestar el consentimiento al órgano gestor se deberá marcar la casilla
que aparece a tal efecto en la solicitud y se presentarán los documentos acreditativos
con la instancia de solicitud.
Asimismo, los demás documentos que se indican en la base 5 deberán aportarse en
todo caso junto con la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse
exento determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso, la presentación
y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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cve: BOE-A-2024-26631
Verificable en https://www.boe.es
– Los acreditativos de grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
– La certificación relativa a la condición de demandante de empleo. IRPF para
verificar las rentas.
– La aportación del título de familia numerosa.