Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-26630)
Orden PJC/1443/2024, de 12 de diciembre, por la que se publica la relación de aspirantes que han aprobado en el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema selectivo de concurso, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 175087
del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
d) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse
copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni
estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni
haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido
rehabilitado (anexo I).
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido
incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Tercero.
La petición de destinos se realizará de acuerdo con las instrucciones contenidas en
la Resolución de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia que oferte
vacantes a las personas aspirantes aprobadas. Toda la información relacionada con los
diferentes aspectos del desarrollo del procedimiento de nombramiento como personal
funcionario de carrera se publicará en la página web del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes.
Cuarto.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme
a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. El
plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de diciembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Directora General para
el Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé.
Don/Doña ......................................................................................................................
con domicilio en .................................................................................................................
de ......... años de edad, con documento nacional de identidad número .........................,
declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, que no ha sido separado
del servicio de alguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución especial, ni comprendido
en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en disposiciones legales.
En .............................., a .......... de ....................................... de 2024.
El/La declarante,
cve: BOE-A-2024-26630
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO I
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 175087
del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
d) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse
copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni
estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni
haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido
rehabilitado (anexo I).
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido
incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Tercero.
La petición de destinos se realizará de acuerdo con las instrucciones contenidas en
la Resolución de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia que oferte
vacantes a las personas aspirantes aprobadas. Toda la información relacionada con los
diferentes aspectos del desarrollo del procedimiento de nombramiento como personal
funcionario de carrera se publicará en la página web del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes.
Cuarto.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme
a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. El
plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de diciembre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Directora General para
el Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé.
Don/Doña ......................................................................................................................
con domicilio en .................................................................................................................
de ......... años de edad, con documento nacional de identidad número .........................,
declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, que no ha sido separado
del servicio de alguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución especial, ni comprendido
en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en disposiciones legales.
En .............................., a .......... de ....................................... de 2024.
El/La declarante,
cve: BOE-A-2024-26630
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO I