Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-26572)
Resolución 420/38529/2024, de 10 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Cartagena, para la creación de la Cátedra Jerónimo de Ayanz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174846
Contacto: CN. Comandante Naval de Cartagena.
Tel.: +34616516351.
Undécima.
Actividad Editorial.
Los representantes del MDEF en la Comisión Mixta de Seguimiento velarán por que
se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12 de enero, de la
Subsecretaria de Defensa, que regula la actividad editorial en el ámbito del Ministerio de
Defensa.
Para el uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en publicaciones
derivadas de lo establecido en el convenio, dichos representantes solicitarán
previamente la conformidad de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio
Cultural.
Duodécima.
Naturaleza jurídica.
El presente convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en
el título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimotercera.
Vigencia.
El presente convenio, tal y como recoge el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará
eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Su periodo de vigencia será de cuatro años, desde que devenga eficaz, pudiendo
prorrogarse mediante adenda antes de su finalización, por un periodo máximo de cuatro
años, según los límites temporales previstos en el artículo 49.h). 2.º de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente, si antes
del vencimiento del plazo, las partes así lo acuerdan de forma unánime. Dicha adenda
de prórroga surtirá efectos con su inscripción en el REOICO antes de la fecha de
extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del
Estado».
cve: BOE-A-2024-26572
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–El Rector de
la Universidad Politécnica de Cartagena, Mathieu Kessler Neyer.–El Almirante de Acción
Marítima, Victoriano Gilabert Agote.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174846
Contacto: CN. Comandante Naval de Cartagena.
Tel.: +34616516351.
Undécima.
Actividad Editorial.
Los representantes del MDEF en la Comisión Mixta de Seguimiento velarán por que
se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12 de enero, de la
Subsecretaria de Defensa, que regula la actividad editorial en el ámbito del Ministerio de
Defensa.
Para el uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en publicaciones
derivadas de lo establecido en el convenio, dichos representantes solicitarán
previamente la conformidad de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio
Cultural.
Duodécima.
Naturaleza jurídica.
El presente convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en
el título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimotercera.
Vigencia.
El presente convenio, tal y como recoge el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará
eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Su periodo de vigencia será de cuatro años, desde que devenga eficaz, pudiendo
prorrogarse mediante adenda antes de su finalización, por un periodo máximo de cuatro
años, según los límites temporales previstos en el artículo 49.h). 2.º de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente, si antes
del vencimiento del plazo, las partes así lo acuerdan de forma unánime. Dicha adenda
de prórroga surtirá efectos con su inscripción en el REOICO antes de la fecha de
extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del
Estado».
cve: BOE-A-2024-26572
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–El Rector de
la Universidad Politécnica de Cartagena, Mathieu Kessler Neyer.–El Almirante de Acción
Marítima, Victoriano Gilabert Agote.
https://www.boe.es
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