Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Formación para el empleo. (BOE-A-2024-26577)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen determinadas medidas en materia de formación en el trabajo, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Jueves 19 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 174875

comunicación en plazo se deba a causas imprevisibles, debidamente justificadas y
comunicadas en el momento en que se produzcan.
Disposición adicional única.

Permisos individuales de formación.

Las personas trabajadoras podrán solicitar a sus empresas, durante el ejercicio 2025,
permisos individuales de formación para posibilitarles la asistencia a las acciones
formativas impartidas mediante aula virtual o sistema bimodal, en los términos indicados
en el artículo 2 de la presente resolución.
Tanto la impartición como la asistencia podrán acreditarse mediante certificado de la
entidad impartidora o mediante declaración responsable del beneficiario, que deberá
comunicarse mediante el sistema telemático previsto en el artículo 9 de la Orden
TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real
Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación
profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se
crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de
titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal.
Disposición final única.

Eficacia de la resolución.

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-26577
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 21 de noviembre de 2024.–El Director General del Servicio Público de
Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X