Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2024-26519)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan con carácter excepcional procesos selectivos por el sistema de concurso, para la estabilización de empleo temporal, en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174719
En los recuadros 21 a 25:
– En el recuadro 21 «Grado» las personas aspirantes con discapacidad podrán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado.
– En el recuadro 22 «Reserva» las personas aspirantes con un grado de
discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el
cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo señalando la opción
«Sí, general». En caso de que no quieran participar por dicho cupo, deberán señalar la
opción «No».
– En el recuadro 24, se indicará la Comunidad Autónoma en la que se ha reconocido
su condición de familia numerosa o de discapacidad.
– En el recuadro 25 «N.º Título Familia Numerosa», se indicará el número del título
de familia numerosa en las Comunidades Autónomas que así lo requieran.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico
que posea o esté en condición de poseer.
El importe de la tasa por derechos de examen será:
– Para los participantes en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos,
Código 6000, de 31,10 euros con carácter general, y para las familias numerosas
de 15,55 euros.
– Para los participantes en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del
Estado, Código 1122 y/o en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos,
Código 6014 de 23,33 euros con carácter general, y para las familias numerosas
de 11,67 euros.
– Para los participantes en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del
Estado, Código 1135 de 15,57 euros con carácter general, y para las familias numerosas
de 7,79 euros.
– Para los participantes en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del
Estado, Código 1146 de 11,66 euros con carácter general, y para las familias numerosas
de 5,83 euros.
En el caso de exención de pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse
escaneada, a través de IPS, la documentación justificativa relacionada a continuación:
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento
explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional, en vigor a la fecha
de publicación de esta convocatoria.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos
de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas
Selectivas, de los datos obrantes en la Agencia Estatal de Administración Tributaria
cve: BOE-A-2024-26519
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174719
En los recuadros 21 a 25:
– En el recuadro 21 «Grado» las personas aspirantes con discapacidad podrán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado.
– En el recuadro 22 «Reserva» las personas aspirantes con un grado de
discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el
cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo señalando la opción
«Sí, general». En caso de que no quieran participar por dicho cupo, deberán señalar la
opción «No».
– En el recuadro 24, se indicará la Comunidad Autónoma en la que se ha reconocido
su condición de familia numerosa o de discapacidad.
– En el recuadro 25 «N.º Título Familia Numerosa», se indicará el número del título
de familia numerosa en las Comunidades Autónomas que así lo requieran.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico
que posea o esté en condición de poseer.
El importe de la tasa por derechos de examen será:
– Para los participantes en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos,
Código 6000, de 31,10 euros con carácter general, y para las familias numerosas
de 15,55 euros.
– Para los participantes en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del
Estado, Código 1122 y/o en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos,
Código 6014 de 23,33 euros con carácter general, y para las familias numerosas
de 11,67 euros.
– Para los participantes en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del
Estado, Código 1135 de 15,57 euros con carácter general, y para las familias numerosas
de 7,79 euros.
– Para los participantes en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del
Estado, Código 1146 de 11,66 euros con carácter general, y para las familias numerosas
de 5,83 euros.
En el caso de exención de pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse
escaneada, a través de IPS, la documentación justificativa relacionada a continuación:
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento
explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional, en vigor a la fecha
de publicación de esta convocatoria.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos
de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas
Selectivas, de los datos obrantes en la Agencia Estatal de Administración Tributaria
cve: BOE-A-2024-26519
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305