Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-26506)
Orden PJC/1436/2024, de 4 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174488
la que se convoque al primer ejercicio se detallará en qué sede se examinarán. Así,
aunque se examinen en una sede diferente a la localidad del ámbito por el que
concurren como provincia de examen, de resultar aprobados o aprobadas en la
convocatoria, serán destinados o destinadas obligatoriamente a alguna de las vacantes
radicadas en el ámbito territorial que hubieran expresado en su solicitud.
1.2 Del total de las plazas convocadas se reservarán 26 plazas, con la distribución
territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes, señalándolo en su
solicitud de participación, tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado
igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad,
la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas.
Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas se
acumularán a las del cupo general de promoción interna de esta convocatoria.
Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no
podrán participar por el resto de las plazas del cupo general de promoción interna.
1.3 Las personas aspirantes solo podrán participar por un único ámbito territorial, y,
en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del
ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito
territorial no se podrán acumular a otro distinto. No se admitirá la modificación del ámbito
territorial elegido una vez presentada la solicitud.
1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las comunidades autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible,
todos los términos y plazos establecidos en la presente orden se contarán a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2.
Proceso Selectivo
2.1 El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema selectivo de concurso-oposición.
La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar con los ejercicios,
puntuaciones y valoraciones que se especifican en el anexo I-A.
Las personas aspirantes que superen la fase de oposición pasarán a la fase de
concurso, en el que se valorarán los méritos que se especifican en el anexo I-B.
2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.
2.3 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito a
un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas
de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.
2.4 En caso de empate, la prelación de las personas aspirantes se establecerá
como sigue: primará la mayor puntuación obtenida en los méritos profesionales, en
segundo lugar, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y en tercer lugar en
la fase de oposición. Por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del
primer apellido empezando por la letra «V», de acuerdo con la Resolución de 25 de julio
de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado. En el supuesto de que no exista ninguna
persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el empate se dirimirá
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», y así sucesivamente.
3.
Programa
El programa que ha de regir la fase de oposición se contiene en el anexo II de esta
convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se
ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la
presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.
cve: BOE-A-2024-26506
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174488
la que se convoque al primer ejercicio se detallará en qué sede se examinarán. Así,
aunque se examinen en una sede diferente a la localidad del ámbito por el que
concurren como provincia de examen, de resultar aprobados o aprobadas en la
convocatoria, serán destinados o destinadas obligatoriamente a alguna de las vacantes
radicadas en el ámbito territorial que hubieran expresado en su solicitud.
1.2 Del total de las plazas convocadas se reservarán 26 plazas, con la distribución
territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes, señalándolo en su
solicitud de participación, tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado
igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad,
la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas.
Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas se
acumularán a las del cupo general de promoción interna de esta convocatoria.
Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no
podrán participar por el resto de las plazas del cupo general de promoción interna.
1.3 Las personas aspirantes solo podrán participar por un único ámbito territorial, y,
en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del
ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito
territorial no se podrán acumular a otro distinto. No se admitirá la modificación del ámbito
territorial elegido una vez presentada la solicitud.
1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las comunidades autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible,
todos los términos y plazos establecidos en la presente orden se contarán a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2.
Proceso Selectivo
2.1 El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema selectivo de concurso-oposición.
La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar con los ejercicios,
puntuaciones y valoraciones que se especifican en el anexo I-A.
Las personas aspirantes que superen la fase de oposición pasarán a la fase de
concurso, en el que se valorarán los méritos que se especifican en el anexo I-B.
2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.
2.3 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito a
un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas
de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.
2.4 En caso de empate, la prelación de las personas aspirantes se establecerá
como sigue: primará la mayor puntuación obtenida en los méritos profesionales, en
segundo lugar, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y en tercer lugar en
la fase de oposición. Por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del
primer apellido empezando por la letra «V», de acuerdo con la Resolución de 25 de julio
de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado. En el supuesto de que no exista ninguna
persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el empate se dirimirá
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», y así sucesivamente.
3.
Programa
El programa que ha de regir la fase de oposición se contiene en el anexo II de esta
convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se
ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la
presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.
cve: BOE-A-2024-26506
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305