Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-26406)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización, por el sistema de concurso, para el ingreso por reserva de discapacidad a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Maestros, para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
4.
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Cuerpo, especialidad y solicitud de plazas
Cuerpo:
Código
Orden
1.
Sec. II.B. Pág. 173787
Comunidad autónoma
Especialidad:
Forma de acceso*
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Ciudad Autónoma de ......................**
2.
3.
4.
5.
6.
Orden
Código:
Comunidad autónoma
Forma de acceso*
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
7.
8.
9.
10.
11.
12.
* Reserva para personas con discapacidad.
** Se deberá elegir entre la Ciudad Autónoma de Ceuta o la Ciudad Autónoma de Melilla, conforme indica la convocatoria. Solo se podrá participar a través de la presente
convocatoria cuando se participe en el cuerpo y especialidades señalados en la base 1.2, debiendo solicitarse en primer lugar las plazas que hayan sido convocadas en
las Ciudades Autónomas de Ceuta o Melilla.
5.
Requisitos específicos
Certificación de reconocimiento de grado de discapacidad igual o superior al 33 por
ciento y no sea incompatible con el ejercicio de la docencia.
Título académico oficial exigido en la convocatoria y que se alega como titulación de
ingreso:
Documentación acreditativa de poseer la formación pedagógica y didáctica a que se
refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
Documentación a aportar
Documentación acreditativa del reconocimiento de la condición de discapacidad.
Documento de identidad (DNI, NIE, pasaporte, otros), en caso de que no se autorice la consulta.
Documento expedido por la autoridad competente que acreditan el vínculo de parentesco, para los aspirantes extranjeros
cónyuges o descendientes de nacionales de Estados de la UE.
Declaración jurada o promesa de la que persona con la existe el vínculo de que no está separado de derecho de su cónyuge
o de que existe vínculo de que vive a sus expensas, para los aspirantes extranjeros cónyuges o descendientes de nacionales
de Estados de la UE.
Título académico oficial exigido en la convocatoria.
Documentación acreditativa de poseer la Formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en aquellos supuestos en los que sea requisito conforme a la base 2.
Documentación acreditativa de no tener antecedentes de delitos sexuales, cuando no se autorice la consulta.
Certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales,
respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se
regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, para los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española.
Documentación acreditativa del conocimiento del idioma castellano, para quienes no posean la nacionalidad española y su idioma
oficial no sea el castellano.
Documentación acreditativa de reconocimiento de la situación de familia numerosa, cuando no se haya autorizado o no sea
posible la consulta.
Documentación acreditativa de ser demandante de empleo, en caso de que se alegue.
Documentación acreditativa de la condición de víctima de terrorismo, en caso de que se alegue.
7.
Tasas
Exención
Motivo de la exención
□
Tener reconocida la condición de persona con discapacidad.
□
□
□
□
□
□
□
□
□
□
□
□
cve: BOE-A-2024-26406
Verificable en https://www.boe.es
6.
Núm. 304
4.
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Cuerpo, especialidad y solicitud de plazas
Cuerpo:
Código
Orden
1.
Sec. II.B. Pág. 173787
Comunidad autónoma
Especialidad:
Forma de acceso*
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Ciudad Autónoma de ......................**
2.
3.
4.
5.
6.
Orden
Código:
Comunidad autónoma
Forma de acceso*
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
Reserva por
discapacidad
7.
8.
9.
10.
11.
12.
* Reserva para personas con discapacidad.
** Se deberá elegir entre la Ciudad Autónoma de Ceuta o la Ciudad Autónoma de Melilla, conforme indica la convocatoria. Solo se podrá participar a través de la presente
convocatoria cuando se participe en el cuerpo y especialidades señalados en la base 1.2, debiendo solicitarse en primer lugar las plazas que hayan sido convocadas en
las Ciudades Autónomas de Ceuta o Melilla.
5.
Requisitos específicos
Certificación de reconocimiento de grado de discapacidad igual o superior al 33 por
ciento y no sea incompatible con el ejercicio de la docencia.
Título académico oficial exigido en la convocatoria y que se alega como titulación de
ingreso:
Documentación acreditativa de poseer la formación pedagógica y didáctica a que se
refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
Documentación a aportar
Documentación acreditativa del reconocimiento de la condición de discapacidad.
Documento de identidad (DNI, NIE, pasaporte, otros), en caso de que no se autorice la consulta.
Documento expedido por la autoridad competente que acreditan el vínculo de parentesco, para los aspirantes extranjeros
cónyuges o descendientes de nacionales de Estados de la UE.
Declaración jurada o promesa de la que persona con la existe el vínculo de que no está separado de derecho de su cónyuge
o de que existe vínculo de que vive a sus expensas, para los aspirantes extranjeros cónyuges o descendientes de nacionales
de Estados de la UE.
Título académico oficial exigido en la convocatoria.
Documentación acreditativa de poseer la Formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en aquellos supuestos en los que sea requisito conforme a la base 2.
Documentación acreditativa de no tener antecedentes de delitos sexuales, cuando no se autorice la consulta.
Certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales,
respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se
regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, para los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española.
Documentación acreditativa del conocimiento del idioma castellano, para quienes no posean la nacionalidad española y su idioma
oficial no sea el castellano.
Documentación acreditativa de reconocimiento de la situación de familia numerosa, cuando no se haya autorizado o no sea
posible la consulta.
Documentación acreditativa de ser demandante de empleo, en caso de que se alegue.
Documentación acreditativa de la condición de víctima de terrorismo, en caso de que se alegue.
7.
Tasas
Exención
Motivo de la exención
□
Tener reconocida la condición de persona con discapacidad.
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cve: BOE-A-2024-26406
Verificable en https://www.boe.es
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