Ministerio de Trabajo y Economía Social. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-26372)
Real Decreto 1282/2024, de 17 de diciembre, por el que se regula la concesión directa por el Servicio Público de Empleo Estatal de subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas para la ejecución de obras y servicios para la recuperación, rehabilitación y reconstrucción de los municipios afectados por los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 173600
TABLA DE CATEGORIAS PROFESIONALES
GRUPO DE
COTIZACIÓN
CATEGORÍAS PROFESIONALES
Seguridad Social
3
Jefes administrativos y de taller
4
Ayudantes no titulados
5
Oficiales administrativos
6
Subalternos
7
Auxiliares administrativos
8
Oficiales de primera y segunda
9
Oficiales de tercera y especialistas
10
Peones
11
Trabajadores menores de dieciocho años
(3) Coste salarial mensual que implica la contratación para el empresario, teniendo en cuenta las cuantías máximas,
establecidas para los grupos de cotización 8 al 11) y para los grupos de cotización 3 al 7 en el artículo.5.2.d)
(4) Meses completos de duración del contrato, que no podrá ser inferior a 3 meses, ni superior a 6 meses.
(5) A tiempo completo (C) o a tiempo parcial (P).
(6) En el caso de que se trate de contratación a tiempo parcial, en ningún caso, la duración de la jornada puede ser inferior al
50 por ciento de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora comparable.
(7) Autocumplimentado con el resultado de multiplicar el número de contratos por su duración y por su coste salarial mensual.
DATOS PARA LA TRANSFERENCIA DE LA SUBVENCIÓN
TITULAR DE LA CUENTA
NIF/CIF:
N.º DE CUENTA
CORRIENTE
E
S
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA CORPORACIÓN LOCAL SOLICITANTE:
La persona solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio /en representación de
la corporación local solicitante, declara bajo su responsabilidad:
a. Que tiene poder bastante para actuar en nombre de la Corporación Local que presenta la presente solicitud de
subvención.
b. Que todos los datos que figuran en esta solicitud son ciertos y correctos, comprometiéndose a destinar el importe
de la subvención que solicita a la finalidad indicada.
c. Que cumple con todos los requisitos y condiciones para el acceso a la subvención, sin perjuicio de la facultad del
Servicio Público de Empleo Estatal para consultar los sistemas de información correspondientes y verificar el
cumplimento de tales requisitos y condiciones por parte de los beneficiarios de la subvención.
d. Que no se no se haya incurso en alguna de las circunstancias establecidas en los artículos 25 y 26 del Real Decreto
Respecto a la acreditación del requisito de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la
presentación de la solicitud conllevará la autorización para que el órgano concedente obtenga directamente esta
información a través de certificados telemáticos, sin que la corporación local solicitante deba presentar las
correspondientes certificaciones, salvo que ésta expresamente deniegue su consentimiento señalándolo en el recuadro
que figura a continuación, en cuyo caso deberá aportar dichas certificaciones:
Que se opone a la consulta por el órgano competente de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social.
cve: BOE-A-2024-26372
Verificable en https://www.boe.es
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; y en aquellas que resulten de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 173600
TABLA DE CATEGORIAS PROFESIONALES
GRUPO DE
COTIZACIÓN
CATEGORÍAS PROFESIONALES
Seguridad Social
3
Jefes administrativos y de taller
4
Ayudantes no titulados
5
Oficiales administrativos
6
Subalternos
7
Auxiliares administrativos
8
Oficiales de primera y segunda
9
Oficiales de tercera y especialistas
10
Peones
11
Trabajadores menores de dieciocho años
(3) Coste salarial mensual que implica la contratación para el empresario, teniendo en cuenta las cuantías máximas,
establecidas para los grupos de cotización 8 al 11) y para los grupos de cotización 3 al 7 en el artículo.5.2.d)
(4) Meses completos de duración del contrato, que no podrá ser inferior a 3 meses, ni superior a 6 meses.
(5) A tiempo completo (C) o a tiempo parcial (P).
(6) En el caso de que se trate de contratación a tiempo parcial, en ningún caso, la duración de la jornada puede ser inferior al
50 por ciento de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora comparable.
(7) Autocumplimentado con el resultado de multiplicar el número de contratos por su duración y por su coste salarial mensual.
DATOS PARA LA TRANSFERENCIA DE LA SUBVENCIÓN
TITULAR DE LA CUENTA
NIF/CIF:
N.º DE CUENTA
CORRIENTE
E
S
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA CORPORACIÓN LOCAL SOLICITANTE:
La persona solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio /en representación de
la corporación local solicitante, declara bajo su responsabilidad:
a. Que tiene poder bastante para actuar en nombre de la Corporación Local que presenta la presente solicitud de
subvención.
b. Que todos los datos que figuran en esta solicitud son ciertos y correctos, comprometiéndose a destinar el importe
de la subvención que solicita a la finalidad indicada.
c. Que cumple con todos los requisitos y condiciones para el acceso a la subvención, sin perjuicio de la facultad del
Servicio Público de Empleo Estatal para consultar los sistemas de información correspondientes y verificar el
cumplimento de tales requisitos y condiciones por parte de los beneficiarios de la subvención.
d. Que no se no se haya incurso en alguna de las circunstancias establecidas en los artículos 25 y 26 del Real Decreto
Respecto a la acreditación del requisito de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la
presentación de la solicitud conllevará la autorización para que el órgano concedente obtenga directamente esta
información a través de certificados telemáticos, sin que la corporación local solicitante deba presentar las
correspondientes certificaciones, salvo que ésta expresamente deniegue su consentimiento señalándolo en el recuadro
que figura a continuación, en cuyo caso deberá aportar dichas certificaciones:
Que se opone a la consulta por el órgano competente de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social.
cve: BOE-A-2024-26372
Verificable en https://www.boe.es
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; y en aquellas que resulten de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.