Ministerio de Vivienda y Agenda UrbanaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Telecomunicaciones. (BOE-B-2024-46366)
Extracto de la Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se convocan los premios de la Casa de la Arquitectura correspondientes al año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 72841
como la ejecución del gasto, por concurrir el requisito que dicho artículo prevé, en
la letra a) del apartado primero, para la tramitación anticipada. Por ello, la cuantía
total máxima anteriormente establecida para la presente convocatoria tendrá
carácter estimado y la concesión de las subvenciones quedará condicionada a la
existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de
concesión.
Los premios de la Casa de la Arquitectura de 2025 se sufragarán con cargo a
la aplicación presupuestaria 25.10.261O.483.
Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del
Estado.
La Sede electrónica estará disponible a partir del día siguiente a la publicación
de esta resolución en la página web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y
hasta las 23:59 horas del último día de presentación.
Sexto. - Procedimiento.
La concesión de estos premios se efectuará en régimen de concurrencia
competitiva.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la
Subdirección General de la Casa de la Arquitectura.
Si la candidatura no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el
órgano instructor requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo
máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que, si no lo hiciese, se
le tendrá por desistida de su solicitud.
El órgano colegiado, de conformidad con los criterios de valoración
establecidos en el artículo 10.2 de la orden de bases examinará y evaluará las
solicitudes y la documentación presentada.
Una vez valoradas las solicitudes, el órgano colegiado emitirá un informe con el
resultado de la evaluación efectuada y lo elevará al órgano instructor.
De acuerdo con el artículo 9 de la Orden por la que se establecen las bases
reguladoras de estas ayudas, la evaluación será llevada a cabo por un Jurado.
La Subdirección General de la Casa de la Arquitectura, como órgano instructor,
realizará la propuesta de resolución de los premios de la Casa de la Arquitectura
teniendo en cuenta el expediente y el informe del Jurado.
Séptimo. - Resolución
La persona titular de la Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y
Arquitectura en virtud del artículo 11.2.a) de la Orden VAU/717/2024, de 5 de julio,
sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración
de determinados créditos para gastos , dictará, por delegación de la persona titular
de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, la resolución de
concesión de los premios en el plazo máximo de seis meses desde la publicación
de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido el plazo citado sin
cve: BOE-B-2024-46366
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 72841
como la ejecución del gasto, por concurrir el requisito que dicho artículo prevé, en
la letra a) del apartado primero, para la tramitación anticipada. Por ello, la cuantía
total máxima anteriormente establecida para la presente convocatoria tendrá
carácter estimado y la concesión de las subvenciones quedará condicionada a la
existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de
concesión.
Los premios de la Casa de la Arquitectura de 2025 se sufragarán con cargo a
la aplicación presupuestaria 25.10.261O.483.
Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del
Estado.
La Sede electrónica estará disponible a partir del día siguiente a la publicación
de esta resolución en la página web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y
hasta las 23:59 horas del último día de presentación.
Sexto. - Procedimiento.
La concesión de estos premios se efectuará en régimen de concurrencia
competitiva.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la
Subdirección General de la Casa de la Arquitectura.
Si la candidatura no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el
órgano instructor requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo
máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que, si no lo hiciese, se
le tendrá por desistida de su solicitud.
El órgano colegiado, de conformidad con los criterios de valoración
establecidos en el artículo 10.2 de la orden de bases examinará y evaluará las
solicitudes y la documentación presentada.
Una vez valoradas las solicitudes, el órgano colegiado emitirá un informe con el
resultado de la evaluación efectuada y lo elevará al órgano instructor.
De acuerdo con el artículo 9 de la Orden por la que se establecen las bases
reguladoras de estas ayudas, la evaluación será llevada a cabo por un Jurado.
La Subdirección General de la Casa de la Arquitectura, como órgano instructor,
realizará la propuesta de resolución de los premios de la Casa de la Arquitectura
teniendo en cuenta el expediente y el informe del Jurado.
Séptimo. - Resolución
La persona titular de la Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y
Arquitectura en virtud del artículo 11.2.a) de la Orden VAU/717/2024, de 5 de julio,
sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración
de determinados créditos para gastos , dictará, por delegación de la persona titular
de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, la resolución de
concesión de los premios en el plazo máximo de seis meses desde la publicación
de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido el plazo citado sin
cve: BOE-B-2024-46366
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 304