Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2024-26319)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Fundación Premio Convivencia Ciudad de Ceuta, para la realización de actividades culturales y académicas conjuntas en el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Martes 17 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 173246

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan
que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la
presente adenda y, a tal efecto
EXPONEN
I. Que el Instituto Cervantes (en adelante el IC) y la Fundación Premio Convivencia
Ciudad Autónoma de Ceuta (en adelante, la Fundación) suscribieron, el 19 de febrero
de 2024, un convenio con el objeto de establecer las condiciones para que la Fundación
colaborase en la financiación del programa de actividades culturales del IC en Tetuán,
Marruecos.
II. Que en la cláusula séptima del citado convenio se establece que las partes
pueden suscribir acuerdos de prórroga por años naturales que se incorporarán al mismo
progresivamente, a medida que se vayan formalizando. En dichos acuerdos se
detallarán las actividades a realizar y la aportación de la Fundación al IC.
III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y
desean prorrogarla.
IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informada favorablemente por el servicio
jurídico del Instituto Cervantes.
V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 18 de noviembre
de 2024.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la
presente adenda de prórroga del citado convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

La presente adenda tiene por objeto prorrogar el convenio a que se refiere el
Exponendo I anterior y detallar las actividades a realizar y la aportación de la Fundación
al IC para 2025.
La finalidad exclusiva de la ayuda de la Fundación será la de contribuir a sufragar los
gastos originados por el intercambio y/o itinerancia de las actividades que se señalan a
continuación y que tanto el IC, a través de su centro en Tetuán, como la Fundación
llevarán a cabo durante la vigencia de la presente adenda:

Segunda.

Aportación para 2025.

La Fundación destinará la cantidad de nueve mil quinientos euros (9.500,00 €) para
colaborar en los gastos que se deriven de la realización de las actividades mencionadas
en la cláusula anterior, con cargo a su presupuesto para el año 2025, supeditado a sus
disponibilidades presupuestarias para dicho ejercicio.
El Instituto Cervantes destinará los recursos humanos y materiales para la
realización de las actividades objeto del convenio, a desarrollar en Tetuán, estimados en
un máximo de nueve mil euros (9.000,00 €) dotados en su presupuesto para 2025.

cve: BOE-A-2024-26319
Verificable en https://www.boe.es

– Organizar y promover conferencias, seminarios, jornadas, congresos y
manifestaciones artísticas y culturales de todo género.
– Desarrollar y promover toda clase de actividades teatrales y musicales.
– Colaborar, junto con otras instituciones, en la organización de cursos de formación
en español.
– Publicar documentos de investigación de carácter sociocultural, que permitan el
conocimiento mutuo.