Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-26338)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con la Biblioteca Nacional de España, para la distribución y venta de publicaciones editadas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 173341
Quinta.
Los ingresos por la venta de las publicaciones de la BNE serán abonados
directamente en la cuenta del Tesoro o cuenta de ingresos por venta de publicaciones
del Ministerio de Cultura de propósito específico que gestiona la Subdirección de
Atención a la Ciudadanía, Documentación y Publicaciones por la venta de publicaciones
del Ministerio de Cultura y sus entidades públicas vinculadas o dependientes. El
Ministerio abonará en cuenta operativa del Banco de España a nombre de la Biblioteca
Nacional de España, O.A., con IBAN ES97 9000 0001 2002 0000 9249, la cantidad
generada en concepto de venta de las publicaciones de la BNE.
El Ministerio elaborará un informe semestral sobre la gestión de las ventas.
Sexta.
Las publicaciones editadas por la BNE tendrán el precio de venta al público que la
BNE establezca. Asimismo, la BNE será competente para reducir los precios en aquellos
casos en que lo considere útil para conseguir una mayor comercialización, siempre que
la legislación aplicable lo permita y lo comunique al Ministerio con un mínimo de tres
semanas de antelación.
Séptima.
El presente acuerdo de encomienda tiene una duración de un año, siendo
prorrogable sucesivamente por igual duración. Se entenderá tácitamente prorrogado si,
con anterioridad al día 30 de septiembre del año en curso, este inclusive, no se hubiese
formulado denuncia por cualquiera de las partes.
Asimismo, será eficaz desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», conforme a lo dispuesto por el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Anualmente podrá realizarse una revisión del presente acuerdo por si fuera
necesario realizar algún ajuste del mismo.
Octava.
Las partes se comprometen a resolver cualesquiera discrepancias que puedan surgir
en el marco de la presente encomienda, agotando todas las formas posibles de
conciliación para llegar a un acuerdo amistoso. En su defecto, el conflicto se dirimirá por
la Abogacía General del Estado, en los términos previstos por el artículo 41.b), 1.ª regla,
del Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por Real Decreto 649/2023,
de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el ámbito de la Abogacía
General del Estado.
Suscribir encomienda de gestión entre la BNE y el Ministerio de Cultura en materia
de distribución y comercialización de las publicaciones oficiales de la Biblioteca Nacional
de España, O.A., a través de la página web del Centro oficial de Publicaciones del
Ministerio de Cultura, y de los puntos de venta y distribuidores del Ministerio de Cultura,
sin perjuicio de los que la BNE tenga en otros ministerios u organismos.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente acuerdo de
encomienda de gestión a un solo efecto.–El Director General de la Biblioteca Nacional de
España, Óscar Arroyo Ortega.–La Subsecretaria del Ministerio de Cultura, María del
Carmen Páez Soria.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-26338
Verificable en https://www.boe.es
En su virtud, las partes acuerdan:
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 173341
Quinta.
Los ingresos por la venta de las publicaciones de la BNE serán abonados
directamente en la cuenta del Tesoro o cuenta de ingresos por venta de publicaciones
del Ministerio de Cultura de propósito específico que gestiona la Subdirección de
Atención a la Ciudadanía, Documentación y Publicaciones por la venta de publicaciones
del Ministerio de Cultura y sus entidades públicas vinculadas o dependientes. El
Ministerio abonará en cuenta operativa del Banco de España a nombre de la Biblioteca
Nacional de España, O.A., con IBAN ES97 9000 0001 2002 0000 9249, la cantidad
generada en concepto de venta de las publicaciones de la BNE.
El Ministerio elaborará un informe semestral sobre la gestión de las ventas.
Sexta.
Las publicaciones editadas por la BNE tendrán el precio de venta al público que la
BNE establezca. Asimismo, la BNE será competente para reducir los precios en aquellos
casos en que lo considere útil para conseguir una mayor comercialización, siempre que
la legislación aplicable lo permita y lo comunique al Ministerio con un mínimo de tres
semanas de antelación.
Séptima.
El presente acuerdo de encomienda tiene una duración de un año, siendo
prorrogable sucesivamente por igual duración. Se entenderá tácitamente prorrogado si,
con anterioridad al día 30 de septiembre del año en curso, este inclusive, no se hubiese
formulado denuncia por cualquiera de las partes.
Asimismo, será eficaz desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», conforme a lo dispuesto por el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Anualmente podrá realizarse una revisión del presente acuerdo por si fuera
necesario realizar algún ajuste del mismo.
Octava.
Las partes se comprometen a resolver cualesquiera discrepancias que puedan surgir
en el marco de la presente encomienda, agotando todas las formas posibles de
conciliación para llegar a un acuerdo amistoso. En su defecto, el conflicto se dirimirá por
la Abogacía General del Estado, en los términos previstos por el artículo 41.b), 1.ª regla,
del Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por Real Decreto 649/2023,
de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el ámbito de la Abogacía
General del Estado.
Suscribir encomienda de gestión entre la BNE y el Ministerio de Cultura en materia
de distribución y comercialización de las publicaciones oficiales de la Biblioteca Nacional
de España, O.A., a través de la página web del Centro oficial de Publicaciones del
Ministerio de Cultura, y de los puntos de venta y distribuidores del Ministerio de Cultura,
sin perjuicio de los que la BNE tenga en otros ministerios u organismos.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente acuerdo de
encomienda de gestión a un solo efecto.–El Director General de la Biblioteca Nacional de
España, Óscar Arroyo Ortega.–La Subsecretaria del Ministerio de Cultura, María del
Carmen Páez Soria.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-26338
Verificable en https://www.boe.es
En su virtud, las partes acuerdan: