Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-26280)
Resolución 400/38536/2024, de 10 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Celador/a en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
8.8
Sec. II.B. Pág. 173069
Nombramiento y toma de posesión.
8.8.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas
aspirantes que hubieran resultado aprobadas en el proceso selectivo, el Ministerio de
Defensa, mediante la respectiva resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», nombrará a las personas aspirantes seleccionadas, con expresión de la plaza
adjudicada de entre las descritas en la Base 1, como Personal Estatutario Fijo de la Red
Hospitalaria de la Defensa.
8.8.2 Las personas aspirantes nombradas dispondrán de un plazo de quince días
naturales, que será de un mes cuando suponga cambio de localidad de residencia,
contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución citada, para
efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en la Dirección del Hospital de
destino.
8.8.3 Cuando alguna persona aspirante no tome posesión de la plaza que se le
hubiera adjudicado en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de su
participación en el proceso selectivo, salvo que se deba a causa justificada así apreciada
por el órgano convocante, previa audiencia de la persona interesada.
9.
Lista de personas candidatas
El Tribunal elaborará, a la finalización del proceso selectivo una lista de personas
candidatas con todas las que hayan superado, al menos, la fase de oposición,
ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la
selección de personal estatutario interino de cada categoría y especialidad, se pueda
realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles. Para
poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas candidatas será
necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
10.
Norma final
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Subsecretaría de Defensa, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de la Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 10 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Defensa. Adoración Mateos
Tejada.
cve: BOE-A-2024-26280
Verificable en https://www.boe.es
Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo, el resto de la legislación vigente en la
materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
8.8
Sec. II.B. Pág. 173069
Nombramiento y toma de posesión.
8.8.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas
aspirantes que hubieran resultado aprobadas en el proceso selectivo, el Ministerio de
Defensa, mediante la respectiva resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», nombrará a las personas aspirantes seleccionadas, con expresión de la plaza
adjudicada de entre las descritas en la Base 1, como Personal Estatutario Fijo de la Red
Hospitalaria de la Defensa.
8.8.2 Las personas aspirantes nombradas dispondrán de un plazo de quince días
naturales, que será de un mes cuando suponga cambio de localidad de residencia,
contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución citada, para
efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en la Dirección del Hospital de
destino.
8.8.3 Cuando alguna persona aspirante no tome posesión de la plaza que se le
hubiera adjudicado en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de su
participación en el proceso selectivo, salvo que se deba a causa justificada así apreciada
por el órgano convocante, previa audiencia de la persona interesada.
9.
Lista de personas candidatas
El Tribunal elaborará, a la finalización del proceso selectivo una lista de personas
candidatas con todas las que hayan superado, al menos, la fase de oposición,
ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la
selección de personal estatutario interino de cada categoría y especialidad, se pueda
realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles. Para
poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas candidatas será
necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
10.
Norma final
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Subsecretaría de Defensa, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de la Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 10 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Defensa. Adoración Mateos
Tejada.
cve: BOE-A-2024-26280
Verificable en https://www.boe.es
Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo, el resto de la legislación vigente en la
materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.