Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-26278)
Resolución 400/38534/2024, de 10 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico/a Superior en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 173018

Normativa aplicable
La normativa de aplicación a las personas aspirantes que superen las pruebas
selectivas será la declarada vigente en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto
Marco de Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como la que se dicte en su
desarrollo, y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en las
disposiciones que sean de aplicación, e igualmente el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo.
Las plazas estarán dotadas con las retribuciones establecidas en la normativa que
sea de aplicación y en las cuantías fijadas para cada ejercicio presupuestario.
El régimen de prestación de servicios será el establecido en la normativa vigente.
1.

Descripción de las plazas

1.1 Se convocan tres plazas a cubrir de la categoría de Técnico/a Superior,
correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2024.
En aplicación del artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería,
según redacción dada por la disposición final vigésima de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, del total de plazas
convocadas, se reservarán 2 plazas de la categoría de Técnico/a Superior, para los
militares profesionales de tropa y marinería que hayan cumplido, como mínimo, cinco
años de tiempo de servicios a fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, y para las personas reservistas de especial disponibilidad que se encuentren
percibiendo, hasta el momento de publicación de la convocatoria, la asignación por
disponibilidad en la cuantía y condiciones previstas en el artículo 19.1 de la citada ley, y
reúnan los requisitos establecidos.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la
Ley 39/2007, de la Carrera Militar, según redacción dada por la disposición final vigésima
cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018,
esta reserva de plazas se extenderá a los militares de complemento con más de cinco
años de servicios en las Fuerzas Armadas a fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y que reúnan los requisitos establecidos.
De este cupo de dos plazas en la categoría de Técnico/a Superior, se reservará una
plaza para los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los
últimos diez años de compromiso.
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de
participación de la convocatoria.
Además, las personas aspirantes que participen por cualquiera de estos cupos
deberán mantener la condición exigida en los párrafos anteriores hasta la publicación de
la lista de personas aspirantes aprobadas o haber adquirido y mantener, en su caso, la
condición de reservista de especial disponibilidad en el período comprendido entre la
finalización del plazo de la presentación de solicitudes y la publicación de la lista de
personas aspirantes aprobadas.
Las plazas reservadas para estos colectivos que no se cubran se acumularán del
siguiente modo: en primer lugar, se acumularán entre sí las plazas reservadas al
personal militar, y cuando éstas no se cubran, se acumularán a las de acceso general.
Las personas aspirantes sólo podrán participar por uno de los cupos previstos en
esta base.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirán cambios de cupo
de participación. En caso de que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, una
misma persona interesada presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en
cuenta la última de las presentadas.

cve: BOE-A-2024-26278
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Núm. 303