Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-26342)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con el Consorcio Instituto de Física de Altas Energías, M.P., para el mantenimiento y operación del Centro de Competencia Científico-Tecnológico denominado Puerto de Información Científica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 173362
EXPONEN
I. Que, ambas Partes promovieron a partir de 2001 la creación del centro científicotecnológico denominado Puerto de Información Científica, en adelante, PIC, con los
objetivos de contribuir al máximo nivel al procesamiento de datos de los experimentos
realizados en el acelerador de partículas Large Hadron Collider (LHC) del Centro
Europeo para la Investigación Nuclear (CERN) y de aplicar el conocimiento,
metodologías y tecnologías derivadas de ello al apoyo del liderazgo de grupos españoles
en la investigación científica de máxima calidad y proyección internacional.
II. Que, desde su creación y a lo largo de estos años, el CIEMAT y el IFAE han
estado colaborando para garantizar el correcto funcionamiento y mantenimiento del PIC,
en el marco de numerosos proyectos dónde han aportado a esta colaboración tanto
recursos, como experiencia y conocimientos en materia de investigación científica y
desarrollo tecnológico.
III. Que, el PIC ha desempeñado un papel fundamental en la investigación científica
durante los últimos años, impulsando proyectos de gran impacto y consolidándose como
un centro de referencia a nivel nacional e internacional en computación científica. El PIC
ha consolidado su posición como un centro Tier-1 para la computación y el
procesamiento de datos del LHC, operando el Tier-1 español para los experimentos
ATLAS, CMS y LHCb, convirtiéndose en un centro de referencia en técnicas de
computación científica para el análisis de grandes volúmenes de datos, y comenzando a
extender su experiencia a otras disciplinas científicas.
IV. Que, con fecha 17 de noviembre de 2020, el IFAE y el CIEMAT suscribieron un
convenio, (en adelante denominado, Convenio), al amparo de lo previsto en el capítulo
VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y por lo previsto en el artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación, para el mantenimiento y operación del PIC (BOE
núm. 316, de 3 de diciembre de 2020).
V. Que las actividades del PIC durante éstos últimos años demuestran su
compromiso con los objetivos establecidos en el convenio. Su rol como centro de
referencia en computación científica, su expansión a otras disciplinas y su participación
en proyectos internacionales de gran relevancia consolidan al PIC como un actor
fundamental en España para el avance de la investigación científica. El PIC se ha
convertido en un punto de encuentro para la investigación interdisciplinar, fomentando
sinergias entre diferentes áreas científicas, lo que ha permitido, el desarrollo de
proyectos innovadores, que aprovechan las capacidades del PIC para analizar grandes
volúmenes de datos y su conexión con centros internacionales de primer nivel,
facilitando así, el desarrollo de sistemas que permiten a los investigadores, colaborar y
avanzar en la frontera del conocimiento.
VI. Que el convenio tiene una duración prevista inicial de cuatro (4) años a contar
desde el 3 de diciembre de 2020, fecha en la que se publicó en el «Boletín Oficial del
Estado» tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal, y adquirió eficacia hasta el próximo 3 de
diciembre de 2024.
VII. Que en la cláusula décima del convenio se contempla que podrá ser
prorrogado por un periodo adicional de cuatro (4) años, previo acuerdo escrito de las
Partes.
VIII. Que, las Partes manifiestan su interés en prorrogar el convenio por cuatro (4)
años más dado el éxito de las actuaciones de cooperación llevadas a cabo hasta la
fecha.
cve: BOE-A-2024-26342
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 173362
EXPONEN
I. Que, ambas Partes promovieron a partir de 2001 la creación del centro científicotecnológico denominado Puerto de Información Científica, en adelante, PIC, con los
objetivos de contribuir al máximo nivel al procesamiento de datos de los experimentos
realizados en el acelerador de partículas Large Hadron Collider (LHC) del Centro
Europeo para la Investigación Nuclear (CERN) y de aplicar el conocimiento,
metodologías y tecnologías derivadas de ello al apoyo del liderazgo de grupos españoles
en la investigación científica de máxima calidad y proyección internacional.
II. Que, desde su creación y a lo largo de estos años, el CIEMAT y el IFAE han
estado colaborando para garantizar el correcto funcionamiento y mantenimiento del PIC,
en el marco de numerosos proyectos dónde han aportado a esta colaboración tanto
recursos, como experiencia y conocimientos en materia de investigación científica y
desarrollo tecnológico.
III. Que, el PIC ha desempeñado un papel fundamental en la investigación científica
durante los últimos años, impulsando proyectos de gran impacto y consolidándose como
un centro de referencia a nivel nacional e internacional en computación científica. El PIC
ha consolidado su posición como un centro Tier-1 para la computación y el
procesamiento de datos del LHC, operando el Tier-1 español para los experimentos
ATLAS, CMS y LHCb, convirtiéndose en un centro de referencia en técnicas de
computación científica para el análisis de grandes volúmenes de datos, y comenzando a
extender su experiencia a otras disciplinas científicas.
IV. Que, con fecha 17 de noviembre de 2020, el IFAE y el CIEMAT suscribieron un
convenio, (en adelante denominado, Convenio), al amparo de lo previsto en el capítulo
VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y por lo previsto en el artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación, para el mantenimiento y operación del PIC (BOE
núm. 316, de 3 de diciembre de 2020).
V. Que las actividades del PIC durante éstos últimos años demuestran su
compromiso con los objetivos establecidos en el convenio. Su rol como centro de
referencia en computación científica, su expansión a otras disciplinas y su participación
en proyectos internacionales de gran relevancia consolidan al PIC como un actor
fundamental en España para el avance de la investigación científica. El PIC se ha
convertido en un punto de encuentro para la investigación interdisciplinar, fomentando
sinergias entre diferentes áreas científicas, lo que ha permitido, el desarrollo de
proyectos innovadores, que aprovechan las capacidades del PIC para analizar grandes
volúmenes de datos y su conexión con centros internacionales de primer nivel,
facilitando así, el desarrollo de sistemas que permiten a los investigadores, colaborar y
avanzar en la frontera del conocimiento.
VI. Que el convenio tiene una duración prevista inicial de cuatro (4) años a contar
desde el 3 de diciembre de 2020, fecha en la que se publicó en el «Boletín Oficial del
Estado» tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal, y adquirió eficacia hasta el próximo 3 de
diciembre de 2024.
VII. Que en la cláusula décima del convenio se contempla que podrá ser
prorrogado por un periodo adicional de cuatro (4) años, previo acuerdo escrito de las
Partes.
VIII. Que, las Partes manifiestan su interés en prorrogar el convenio por cuatro (4)
años más dado el éxito de las actuaciones de cooperación llevadas a cabo hasta la
fecha.
cve: BOE-A-2024-26342
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303