Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-26209)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Extremadura, relativo a la colaboración en estudios de grado y postgrado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172636
Las actividades del estudiante se desarrollarán en el domicilio de la entidad
colaboradora, sito en (seleccione lo que proceda)
CIEMAT - Avenida Complutense, 40 - 28040 Madrid.
CEDER - Autovía A15, salida 56 - 42290 Lubia, Soria.
PSA - Carretera de Senes s/n - 04200 Tabernas, Almería.
CIEDA - Plaza Bernardo Robles, 9 - 42002 Soria.
CIEMAT - CEDEX - Calle Julián Camarillo, 30 - 28037 Madrid.
Indicar si además están previstas actividades en otros lugares diferentes al domicilio
de la entidad colaboradora: localización.
El estudiante se compromete a respetar la normativa del Centro y a aprovechar al
máximo las posibilidades de las tareas de prácticas que se le ofrecen. Asimismo,
mantendrá absoluta reserva y confidencialidad sobre los acontecimientos y documentos
que resulten del trabajo realizado con motivo de su incorporación al programa formativo
y de cualquier otra información, oral o escrita, de la que pueda tener conocimiento, esté
incluida o no en el Programa.
Los resultados científicos y posibles invenciones que sean obtenidos como
consecuencia de la actividad desarrollada por el estudiante dentro del programa de
prácticas, serán de propiedad exclusiva del CIEMAT, sin perjuicio del reconocimiento de
los derechos de propiedad intelectual que pudieran corresponderle como autor o inventor.
En el supuesto de causar baja antes de completar el programa formativo y de las
prácticas a él correspondientes, el estudiante se compromete a comunicar a la
Universidad dicha baja en el plazo de siete días contados a partir de la fecha en que
aquélla se produzca.
Al término de las actividades el estudiante realizará una memoria en base a la cual el
Tutor Académico y el Tutor Profesional realizarán una evaluación.
Las partes se consultarán inmediatamente para la solución de las dificultades que
pudieran sufrir en la aplicación del presente anexo.
Madrid,...... de ……………….. de 202...
Por Universidad ...............
Por CIEMAT
Fdo.: ...............
Fdo.: ...............
Responsable de prácticas académicas externas
Jefe División de Gestión del Conocimiento
Conforme el estudiante
Fdo: el estudiante
cve: BOE-A-2024-26209
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172636
Las actividades del estudiante se desarrollarán en el domicilio de la entidad
colaboradora, sito en (seleccione lo que proceda)
CIEMAT - Avenida Complutense, 40 - 28040 Madrid.
CEDER - Autovía A15, salida 56 - 42290 Lubia, Soria.
PSA - Carretera de Senes s/n - 04200 Tabernas, Almería.
CIEDA - Plaza Bernardo Robles, 9 - 42002 Soria.
CIEMAT - CEDEX - Calle Julián Camarillo, 30 - 28037 Madrid.
Indicar si además están previstas actividades en otros lugares diferentes al domicilio
de la entidad colaboradora: localización.
El estudiante se compromete a respetar la normativa del Centro y a aprovechar al
máximo las posibilidades de las tareas de prácticas que se le ofrecen. Asimismo,
mantendrá absoluta reserva y confidencialidad sobre los acontecimientos y documentos
que resulten del trabajo realizado con motivo de su incorporación al programa formativo
y de cualquier otra información, oral o escrita, de la que pueda tener conocimiento, esté
incluida o no en el Programa.
Los resultados científicos y posibles invenciones que sean obtenidos como
consecuencia de la actividad desarrollada por el estudiante dentro del programa de
prácticas, serán de propiedad exclusiva del CIEMAT, sin perjuicio del reconocimiento de
los derechos de propiedad intelectual que pudieran corresponderle como autor o inventor.
En el supuesto de causar baja antes de completar el programa formativo y de las
prácticas a él correspondientes, el estudiante se compromete a comunicar a la
Universidad dicha baja en el plazo de siete días contados a partir de la fecha en que
aquélla se produzca.
Al término de las actividades el estudiante realizará una memoria en base a la cual el
Tutor Académico y el Tutor Profesional realizarán una evaluación.
Las partes se consultarán inmediatamente para la solución de las dificultades que
pudieran sufrir en la aplicación del presente anexo.
Madrid,...... de ……………….. de 202...
Por Universidad ...............
Por CIEMAT
Fdo.: ...............
Fdo.: ...............
Responsable de prácticas académicas externas
Jefe División de Gestión del Conocimiento
Conforme el estudiante
Fdo: el estudiante
cve: BOE-A-2024-26209
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 302