Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-26154)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos Medios de Ingeniería y Arquitectura.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172180
garantizar el correcto y normal desarrollo de las pruebas, si el número de personas
aspirantes así lo hiciera necesario.
En ambos casos, el personal deberá ser empleado o empleada público con
vinculación de carácter permanente.
6.6 A los solos efectos de recepción de comunicaciones e incidencias, el tribunal
tendrá su sede en la Sección de Selección y Formación, del Servicio de Personal Técnico,
de Gestión y de Administración y Servicios y Nóminas (tribunaltmia24@unizar.es).
6.7 El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario
un número de personas aprobadas superior al de plazas convocadas. Ello sin perjuicio
de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 EBEP.
6.8 De conformidad con lo establecido en el artículo 30 y en el anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del servicio, el
tribunal tendrá la categoría segunda.
Desarrollo del proceso. Principios generales
7.1 En cualquier momento del proceso, el tribunal podrá requerir a las personas
aspirantes la acreditación de su identidad.
7.2 Las diferentes pruebas de que consta el proceso se realizarán mediante
llamamiento único, publicándose los mismos en el e-TOUZ. Serán excluidos del proceso
quienes no comparezcan, salvo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada,
apreciada por el tribunal.
No obstante, dicho llamamiento único podrá ser excepcionado si existe coincidencia
con una hospitalización o reposo domiciliario, prescrito por personal facultativo médico
perteneciente al sistema público de salud, con motivo de embarazo y/o parto coincidente
con la fecha de celebración de alguno de los ejercicios, al amparo de lo previsto en el
artículo 51 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres.
Cuando no se efectúe llamamiento único, el orden de actuación comenzará con el
primer aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra «C», de acuerdo con el
resultado del sorteo celebrado el día 13 de marzo de 2024 («Boletín Oficial de Aragón»,
núm. 56, de 19 de marzo).
7.3 El tribunal adoptará las medidas necesarias para que, en su caso, se arbitren
las adaptaciones precisas en el supuesto de que personas con discapacidad acreditada
así lo hayan solicitado en su solicitud.
Dichas personas deberán ponerse en contacto con la Unidad de Prevención de
Riesgos Laborales (UPRL) sita en el Edificio Interfacultades (C/ Pedro Cerbuna n.º 12,
https://uprl.unizar.es), bien en persona, por teléfono (876553150) o por registro
electrónico, en los 10 días hábiles siguientes a la publicación de las listas definitivas de
admitidos y excluidos, para concertar cita al objeto de evaluar las adaptaciones
necesarias. Para ello, cuando se personen en la UPRL deberán entregar el informe
técnico facultativo del tipo de discapacidad. En caso de no hacerlo, se entenderá que
desiste de su solicitud de adaptación. Las adaptaciones que se estimen necesarias
quedarán recogidas en un documento que será firmado por el aspirante y el responsable
de la unidad correspondiente y entregado al tribunal.
El tribunal, asimismo, podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los
órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o Comunidad Autónoma. También podrá
recabar dictamen de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, y en su caso, de la Comunidad Autónoma, si se suscitaran dudas con respecto
a la capacidad de una persona aspirante para el desempeño de las actividades
habitualmente desarrolladas en las plazas convocadas.
7.4 Con carácter previo a la determinación de las personas que han superado la
oposición, quienes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el
conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se
cve: BOE-A-2024-26154
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172180
garantizar el correcto y normal desarrollo de las pruebas, si el número de personas
aspirantes así lo hiciera necesario.
En ambos casos, el personal deberá ser empleado o empleada público con
vinculación de carácter permanente.
6.6 A los solos efectos de recepción de comunicaciones e incidencias, el tribunal
tendrá su sede en la Sección de Selección y Formación, del Servicio de Personal Técnico,
de Gestión y de Administración y Servicios y Nóminas (tribunaltmia24@unizar.es).
6.7 El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario
un número de personas aprobadas superior al de plazas convocadas. Ello sin perjuicio
de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 EBEP.
6.8 De conformidad con lo establecido en el artículo 30 y en el anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del servicio, el
tribunal tendrá la categoría segunda.
Desarrollo del proceso. Principios generales
7.1 En cualquier momento del proceso, el tribunal podrá requerir a las personas
aspirantes la acreditación de su identidad.
7.2 Las diferentes pruebas de que consta el proceso se realizarán mediante
llamamiento único, publicándose los mismos en el e-TOUZ. Serán excluidos del proceso
quienes no comparezcan, salvo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada,
apreciada por el tribunal.
No obstante, dicho llamamiento único podrá ser excepcionado si existe coincidencia
con una hospitalización o reposo domiciliario, prescrito por personal facultativo médico
perteneciente al sistema público de salud, con motivo de embarazo y/o parto coincidente
con la fecha de celebración de alguno de los ejercicios, al amparo de lo previsto en el
artículo 51 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres.
Cuando no se efectúe llamamiento único, el orden de actuación comenzará con el
primer aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra «C», de acuerdo con el
resultado del sorteo celebrado el día 13 de marzo de 2024 («Boletín Oficial de Aragón»,
núm. 56, de 19 de marzo).
7.3 El tribunal adoptará las medidas necesarias para que, en su caso, se arbitren
las adaptaciones precisas en el supuesto de que personas con discapacidad acreditada
así lo hayan solicitado en su solicitud.
Dichas personas deberán ponerse en contacto con la Unidad de Prevención de
Riesgos Laborales (UPRL) sita en el Edificio Interfacultades (C/ Pedro Cerbuna n.º 12,
https://uprl.unizar.es), bien en persona, por teléfono (876553150) o por registro
electrónico, en los 10 días hábiles siguientes a la publicación de las listas definitivas de
admitidos y excluidos, para concertar cita al objeto de evaluar las adaptaciones
necesarias. Para ello, cuando se personen en la UPRL deberán entregar el informe
técnico facultativo del tipo de discapacidad. En caso de no hacerlo, se entenderá que
desiste de su solicitud de adaptación. Las adaptaciones que se estimen necesarias
quedarán recogidas en un documento que será firmado por el aspirante y el responsable
de la unidad correspondiente y entregado al tribunal.
El tribunal, asimismo, podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los
órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o Comunidad Autónoma. También podrá
recabar dictamen de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, y en su caso, de la Comunidad Autónoma, si se suscitaran dudas con respecto
a la capacidad de una persona aspirante para el desempeño de las actividades
habitualmente desarrolladas en las plazas convocadas.
7.4 Con carácter previo a la determinación de las personas que han superado la
oposición, quienes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el
conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se
cve: BOE-A-2024-26154
Verificable en https://www.boe.es
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