Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-26188)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de reforma juvenil y protección de menores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172495
superior del área de administración. Referencia CNCP: Actividades de gestión
administrativa. Nivel 2.
2.
Auxiliar de clínica.
Competencias: Realiza funciones complementarias a las de DUE, bajo su
supervisión o del médico/a o psiquiatra de la propia entidad o del centro de salud
asignado.
Referencia CNCP: Cuidados auxiliares sanitarios. Nivel 2.
3.
Controlador/a-TAI-Auxiliar de control educativo.
Competencias: Tiene a su cargo, en el ámbito de la aplicación de la Ley 5/2000 y de
su Reglamento, y de acuerdo con el reglamento de cada centro de trabajo, la seguridad,
el control y la contención de los menores o jóvenes, con la intervención directa sobre
los/las menores o jóvenes del citado centro de trabajo.
Actúa bajo la supervisión del educador/a y atiende a las directrices dadas por el
equipo directivo del centro, teniendo iniciativa propia, sólo en casos de evidente riesgo
para los menores o personal del centro.
La contratación de este personal no eximirá a la entidad o empresa de la
contratación de vigilancia de seguridad profesional para la atención de las tareas
anteriormente descritas y propias de su profesión.
Referencia CNCP: Vigilancia y seguridad privada. Nivel 2.
4.
Cocinero/a.
Competencias: En ausencia del Jefe/a de cocina, elabora menús equilibrados que
proporcionan una adecuada alimentación a los/las menores/jóvenes.
Prepara los alimentos responsabilizándose de su buen estado y conservación, así
como de la pulcritud del local y utensilios de cocina.
Realiza las funciones específicas de su nivel de formación en el comedor colectivo.
Referencia CNCP: Cocina. Nivel 2.
5.
Mediador/a intercultural.
Competencias: Facilita la comunicación entre las personas usuarias de centros y
programas y el equipo socioeducativo de estos.
Este personal tendrá un dominio contrastado de un idioma extranjero y su labor será
la del acompañamiento del equipo educativo en las comunicaciones con los/las menores.
Este puesto de trabajo no realiza labores socioeducativas.
6.
Gobernante/a.
Competencias: Tiene a su cargo la coordinación del personal de limpieza,
distribuyendo el servicio para la mejor atención de las dependencias de la entidad,
responsabilizándose de las llaves de armarios, de lencería, utensilios y productos de
limpieza y otro material doméstico diverso.
Referencia CNCP: Gestión de pisos y limpieza en alojamientos. Nivel 3.
Conductor/a.
Competencias: Es la persona que, estando en posesión del carné exigido por la
legislación vigente para los servicios públicos de transporte y el correspondiente
certificado de aptitud profesional, traslada a los/as menores o jóvenes.
Referencia CNCP: Conducción profesional de vehículos turismos y furgonetas.
Nivel 2. Conducción de autobuses. Nivel 2.
cve: BOE-A-2024-26188
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172495
superior del área de administración. Referencia CNCP: Actividades de gestión
administrativa. Nivel 2.
2.
Auxiliar de clínica.
Competencias: Realiza funciones complementarias a las de DUE, bajo su
supervisión o del médico/a o psiquiatra de la propia entidad o del centro de salud
asignado.
Referencia CNCP: Cuidados auxiliares sanitarios. Nivel 2.
3.
Controlador/a-TAI-Auxiliar de control educativo.
Competencias: Tiene a su cargo, en el ámbito de la aplicación de la Ley 5/2000 y de
su Reglamento, y de acuerdo con el reglamento de cada centro de trabajo, la seguridad,
el control y la contención de los menores o jóvenes, con la intervención directa sobre
los/las menores o jóvenes del citado centro de trabajo.
Actúa bajo la supervisión del educador/a y atiende a las directrices dadas por el
equipo directivo del centro, teniendo iniciativa propia, sólo en casos de evidente riesgo
para los menores o personal del centro.
La contratación de este personal no eximirá a la entidad o empresa de la
contratación de vigilancia de seguridad profesional para la atención de las tareas
anteriormente descritas y propias de su profesión.
Referencia CNCP: Vigilancia y seguridad privada. Nivel 2.
4.
Cocinero/a.
Competencias: En ausencia del Jefe/a de cocina, elabora menús equilibrados que
proporcionan una adecuada alimentación a los/las menores/jóvenes.
Prepara los alimentos responsabilizándose de su buen estado y conservación, así
como de la pulcritud del local y utensilios de cocina.
Realiza las funciones específicas de su nivel de formación en el comedor colectivo.
Referencia CNCP: Cocina. Nivel 2.
5.
Mediador/a intercultural.
Competencias: Facilita la comunicación entre las personas usuarias de centros y
programas y el equipo socioeducativo de estos.
Este personal tendrá un dominio contrastado de un idioma extranjero y su labor será
la del acompañamiento del equipo educativo en las comunicaciones con los/las menores.
Este puesto de trabajo no realiza labores socioeducativas.
6.
Gobernante/a.
Competencias: Tiene a su cargo la coordinación del personal de limpieza,
distribuyendo el servicio para la mejor atención de las dependencias de la entidad,
responsabilizándose de las llaves de armarios, de lencería, utensilios y productos de
limpieza y otro material doméstico diverso.
Referencia CNCP: Gestión de pisos y limpieza en alojamientos. Nivel 3.
Conductor/a.
Competencias: Es la persona que, estando en posesión del carné exigido por la
legislación vigente para los servicios públicos de transporte y el correspondiente
certificado de aptitud profesional, traslada a los/as menores o jóvenes.
Referencia CNCP: Conducción profesional de vehículos turismos y furgonetas.
Nivel 2. Conducción de autobuses. Nivel 2.
cve: BOE-A-2024-26188
Verificable en https://www.boe.es
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