Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-26201)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación, con una nueva posición, de la subestación Rubí en el parque de 400 kV, en el término municipal de Rubí (Barcelona).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Lunes 16 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 172576

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación, con una nueva posición, de la subestación
Rubí en el parque de 400 kV, en el término municipal de Rubí (Barcelona).

Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó mediante con
fecha 25 de octubre de 2023, autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de la ampliación, con una nueva posición, de la
subestación Rubí en el parque de 400 kV, en el término municipal de Rubí, en la
provincia de Barcelona.
La ampliación de la subestación consiste en la instalación una nueva posición con
objeto de facilitar el acceso a la red de transporte a un agente para la evacuación de
energía renovable.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Cataluña y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado, los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
Fue consultada la Dirección General de Energía de la Generalitat de Catalunya,
quien emitió informe desfavorable, si bien alega cuestiones relativas al desarrollo de
instalaciones de generación renovable, que no son objeto del presente expediente.
Trasladada la respuesta a Red Eléctrica, ésta manifestó que la ampliación de la
subestación Rubí se encuentra recogida en la planificación de la red de transporte
vigente, vinculante para Red Eléctrica. La respuesta fue trasladada de nuevo a la
Dirección General de Energía de Generalitat de Catalunya, de quien no se recibió
contestación, por lo que se entiende su conformidad en virtud de los artículos 127.4
y 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se recibió contestación de la que no se desprende oposición del Servicio Territorial
de Urbanismo del Arco Metropolitano de Cataluña. Trasladada la respuesta a Red
Eléctrica, ésta manifestó su conformidad.
Preguntado el Ayuntamiento de Rubí, no se recibió contestación por su parte, por lo
que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en los artículos 121.2 y 131.1
del referido Real Decreto 1955/2000.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cataluña, hecho
público en el «Boletín Oficial del Estado» número 64, de 13 de marzo de 2024 y en el

cve: BOE-A-2024-26201
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