Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-26214)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León y las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172681
Universidades Públicas Españolas, autorizado y aprobado por el Consejo de Ministros
celebrado el 18 de junio de 2024 y cuyos criterios y distribución de plazas y fondos fueron
refrendados en el Pleno de la Conferencia General de Política Universitaria que tuvo lugar
el 19 de junio de 2024. Este Programa implica la incorporación de 3.361 plazas de
Profesor/a Ayudante Doctor durante el curso 2024-2025 al sistema universitario público
español, que serán sufragadas en la totalidad de la duración de sus contratos a cargo del
presupuesto de gastos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Séptimo.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León se compromete a
participar en el Programa propuesto por el Gobierno de España, con el objeto de
sufragar y proveer el resto de las plazas de Profesor/a Ayudante Doctor que necesitan
las universidades públicas castellanoleonesas para adaptarse a las exigencias de la Ley
Orgánica del Sistema Universitario, como continuación de sus políticas de potenciación y
modernización de la universidad pública, mediante el presente convenio.
Octavo.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León se compromete,
asimismo, a asumir el coste de la estabilización de toda la incorporación de talento
docente e investigador que se enmarca en el referido Programa, en el momento en el
que esta se produzca, e indistintamente del origen de los fondos con los que se hayan
creado dichas plazas.
Noveno.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León se compromete
autorizar la creación y provisión de plazas de Profesorado Ayudante Doctor en las
universidades públicas castellanoleonesas en el marco de este Programa.
Décimo.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y las universidades
públicas castellanoleonesas se comprometen a que las plazas que se derivan de este
Programa serán siempre una aportación extra de plazas, expresamente diferente de las
convocatorias ordinarias de este tipo de plazas u de otras que regularmente convocan
estas universidades.
Que las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid, se comprometen a
asegurar los equipamientos docentes e infraestructuras de investigación que sean
necesarios para un adecuado desarrollo de la labor académica de este nuevo
contingente de profesorado; así como a dotar de los recursos necesarios a aquellos
programas que atañen a la movilidad nacional e internacional que estén directamente
relacionados con la formación y perfeccionamiento de las capacidades académicas de
este nuevo profesorado, y reviertan en la institución universitaria con una docencia de
calidad y una investigación de excelencia.
Duodécimo.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y las universidades
públicas castellanoleonesas se comprometen a rendir cuentas a través de la Comisión
de Seguimiento, que se crea al amparo de este convenio, sobre el uso exclusivo de los
recursos que le aporta el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en este
Programa, con las finalidades y objeto establecidos en el presente convenio.
cve: BOE-A-2024-26214
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172681
Universidades Públicas Españolas, autorizado y aprobado por el Consejo de Ministros
celebrado el 18 de junio de 2024 y cuyos criterios y distribución de plazas y fondos fueron
refrendados en el Pleno de la Conferencia General de Política Universitaria que tuvo lugar
el 19 de junio de 2024. Este Programa implica la incorporación de 3.361 plazas de
Profesor/a Ayudante Doctor durante el curso 2024-2025 al sistema universitario público
español, que serán sufragadas en la totalidad de la duración de sus contratos a cargo del
presupuesto de gastos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Séptimo.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León se compromete a
participar en el Programa propuesto por el Gobierno de España, con el objeto de
sufragar y proveer el resto de las plazas de Profesor/a Ayudante Doctor que necesitan
las universidades públicas castellanoleonesas para adaptarse a las exigencias de la Ley
Orgánica del Sistema Universitario, como continuación de sus políticas de potenciación y
modernización de la universidad pública, mediante el presente convenio.
Octavo.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León se compromete,
asimismo, a asumir el coste de la estabilización de toda la incorporación de talento
docente e investigador que se enmarca en el referido Programa, en el momento en el
que esta se produzca, e indistintamente del origen de los fondos con los que se hayan
creado dichas plazas.
Noveno.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León se compromete
autorizar la creación y provisión de plazas de Profesorado Ayudante Doctor en las
universidades públicas castellanoleonesas en el marco de este Programa.
Décimo.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y las universidades
públicas castellanoleonesas se comprometen a que las plazas que se derivan de este
Programa serán siempre una aportación extra de plazas, expresamente diferente de las
convocatorias ordinarias de este tipo de plazas u de otras que regularmente convocan
estas universidades.
Que las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid, se comprometen a
asegurar los equipamientos docentes e infraestructuras de investigación que sean
necesarios para un adecuado desarrollo de la labor académica de este nuevo
contingente de profesorado; así como a dotar de los recursos necesarios a aquellos
programas que atañen a la movilidad nacional e internacional que estén directamente
relacionados con la formación y perfeccionamiento de las capacidades académicas de
este nuevo profesorado, y reviertan en la institución universitaria con una docencia de
calidad y una investigación de excelencia.
Duodécimo.
Que la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y las universidades
públicas castellanoleonesas se comprometen a rendir cuentas a través de la Comisión
de Seguimiento, que se crea al amparo de este convenio, sobre el uso exclusivo de los
recursos que le aporta el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en este
Programa, con las finalidades y objeto establecidos en el presente convenio.
cve: BOE-A-2024-26214
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.