Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2024-26216)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Navarra y la Universidad Pública de Navarra, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Lunes 16 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 172700

Séptimo.
Que el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital del
Gobierno de Navarra se compromete a participar en el Programa propuesto por el
Gobierno de España, con el objeto de sufragar y proveer el resto de las plazas de
Profesor/a Ayudante Doctor que necesita la Universidad Pública de Navarra para
adaptarse a las exigencias de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, como
continuación de sus políticas de potenciación y modernización de la universidad pública,
mediante el presente convenio.
Octavo.
Que el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital del
Gobierno de Navarra se compromete, asimismo, a asumir el coste de la estabilización de
toda la incorporación de talento docente e investigador que se enmarca en el referido
Programa, en el momento en el que esta se produzca, e indistintamente del origen de los
fondos con los que se hayan creado dichas plazas.
Noveno.
Que el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital del
Gobierno de Navarra se compromete autorizar la creación y provisión de plazas de
Profesorado Ayudante Doctor en la Universidad Pública de Navarra en el marco de este
Programa.
Décimo.
Que el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital del
Gobierno de Navarra y la Universidad Pública de Navarra se comprometen a que las
plazas que se derivan de este Programa serán siempre una aportación extra de plazas,
expresamente diferente de las convocatorias ordinarias de este tipo de plazas u de otras
que regularmente convoca esta universidad.
Undécimo.
Que la Universidad Pública de Navarra, se compromete a asegurar los
equipamientos docentes e infraestructuras de investigación que sean necesarios para un
adecuado desarrollo de la labor académica de este nuevo contingente de profesorado;
así como a dotar de los recursos necesarios a aquellos programas que atañen a la
movilidad nacional e internacional que estén directamente relacionados con la formación
y perfeccionamiento de las capacidades académicas de este nuevo profesorado, y
reviertan en la institución universitaria con una docencia de calidad y una investigación
de excelencia.

Que el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital del
Gobierno de Navarra y la Universidad Pública de Navarra se comprometen a rendir
cuentas a través de la Comisión de Seguimiento, que se crea al amparo de este
convenio, sobre el uso exclusivo de los recursos que le aporta el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades en este Programa, con las finalidades y objeto establecidos
en el presente convenio.
Decimotercero.
Que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y el Gobierno de Navarra
manifiestan, mediante el presente convenio, su voluntad de establecer una colaboración
estrecha para la mejor ejecución de las obligaciones contenidas en la Ley

cve: BOE-A-2024-26216
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Duodécimo.