Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-26210)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172647
Décima. Régimen jurídico del convenio y resolución de controversias.
1. Este convenio tiene naturaleza administrativa. Se regulará por el título preliminar,
capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
por las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y por los principios
generales de Derecho, de acuerdo con el artículo 2 del Código Civil.
2. En el presente convenio prevalece la colaboración para el logro de un fin público, que
constituye el objeto del mismo. En el convenio celebrado no hay contraposición de intereses,
sino objetivos comunes o compartidos, no existiendo la contraprestación propia de un contrato.
3. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir, sin perjuicio de las facultades de la
comisión de seguimiento para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento
del convenio, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de que son titulares
los firmantes, suscriben el presente convenio, por duplicado ejemplar.–Por el Ministerio
de Ciencia, Innovación y Universidades (por delegación de firma en virtud de Orden
de 13 de noviembre de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades), el Secretario
de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, Juan Cruz Cigudosa García.–Por la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, María Mercedes Vaquera Mosquero.–Por la Universidad de Extremadura, el
Rector Magnífico, Pedro María Fernández Salguero.
ANEXO*
*
Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria del 19 de junio de 2024.
1. Distribución para el año 2024 de las plazas y de los costes del Programa de
Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas
Españolas: Universidad de Extremadura.**
Universidades
Universidad de
Extremadura.
Distribución plazas de
profesorado ayudante
doctor Programa del MICIU
(parte correspondiente de
las 3.361 plazas sufragadas
por el MICIU)
Coste bruto de las plazas responsabilidad del MICIU
(euros) –parte correspondiente de las 3.361 plazas
sufragadas por el MICIU–, para el periodo 1 de
septiembre a 31 de diciembre de 2024
54
621.186
2. Distribución global de las plazas del Programa de Incorporación de Talento Docente
e Investigador a las Universidades Públicas Españolas: Universidad de Extremadura.**
Universidades
Universidad de
Extremadura.
https://www.boe.es
Distribución plazas de
profesorado ayudante doctor
Programa del MICIU (parte
correspondiente de las 3.361
plazas sufragadas por el
MICIU)
Distribución plazas de
profesorado ayudante
doctor a asumir por la
CCAA sobre el resto de las
necesidades docentes de la
universidad
Necesidades
globales de
profesorado
ayudante doctor en
la universidad
54
36
89
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-26210
Verificable en https://www.boe.es
** Distribución elaborada a partir de los criterios aprobados por el Acuerdo de la Conferencia General de
Política Universitaria celebrada el día 19 de junio de 2024, cuyos cálculos están basados en los datos del SIIU
y de la información proporcionada por las universidades.
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172647
Décima. Régimen jurídico del convenio y resolución de controversias.
1. Este convenio tiene naturaleza administrativa. Se regulará por el título preliminar,
capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
por las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y por los principios
generales de Derecho, de acuerdo con el artículo 2 del Código Civil.
2. En el presente convenio prevalece la colaboración para el logro de un fin público, que
constituye el objeto del mismo. En el convenio celebrado no hay contraposición de intereses,
sino objetivos comunes o compartidos, no existiendo la contraprestación propia de un contrato.
3. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir, sin perjuicio de las facultades de la
comisión de seguimiento para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento
del convenio, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de que son titulares
los firmantes, suscriben el presente convenio, por duplicado ejemplar.–Por el Ministerio
de Ciencia, Innovación y Universidades (por delegación de firma en virtud de Orden
de 13 de noviembre de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades), el Secretario
de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, Juan Cruz Cigudosa García.–Por la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, María Mercedes Vaquera Mosquero.–Por la Universidad de Extremadura, el
Rector Magnífico, Pedro María Fernández Salguero.
ANEXO*
*
Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria del 19 de junio de 2024.
1. Distribución para el año 2024 de las plazas y de los costes del Programa de
Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas
Españolas: Universidad de Extremadura.**
Universidades
Universidad de
Extremadura.
Distribución plazas de
profesorado ayudante
doctor Programa del MICIU
(parte correspondiente de
las 3.361 plazas sufragadas
por el MICIU)
Coste bruto de las plazas responsabilidad del MICIU
(euros) –parte correspondiente de las 3.361 plazas
sufragadas por el MICIU–, para el periodo 1 de
septiembre a 31 de diciembre de 2024
54
621.186
2. Distribución global de las plazas del Programa de Incorporación de Talento Docente
e Investigador a las Universidades Públicas Españolas: Universidad de Extremadura.**
Universidades
Universidad de
Extremadura.
https://www.boe.es
Distribución plazas de
profesorado ayudante doctor
Programa del MICIU (parte
correspondiente de las 3.361
plazas sufragadas por el
MICIU)
Distribución plazas de
profesorado ayudante
doctor a asumir por la
CCAA sobre el resto de las
necesidades docentes de la
universidad
Necesidades
globales de
profesorado
ayudante doctor en
la universidad
54
36
89
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-26210
Verificable en https://www.boe.es
** Distribución elaborada a partir de los criterios aprobados por el Acuerdo de la Conferencia General de
Política Universitaria celebrada el día 19 de junio de 2024, cuyos cálculos están basados en los datos del SIIU
y de la información proporcionada por las universidades.