Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2024-26206)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Cantabria y la Universidad de Cantabria, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172624
Décima. Régimen jurídico del convenio y resolución de controversias.
1. Este convenio tiene naturaleza administrativa. Se regulará por el título preliminar,
capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
por las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y por los principios
generales de Derecho, de acuerdo con el artículo 2 del Código Civil.
2. En el presente convenio prevalece la colaboración para el logro de un fin público,
que constituye el objeto del mismo. En el convenio celebrado no hay contraposición de
intereses, sino objetivos comunes o compartidos, no existiendo la contraprestación
propia de un contrato.
3. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir, sin perjuicio de las facultades de la
Comisión de Seguimiento para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento
del convenio, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de que son titulares
los firmantes, suscriben el presente convenio, por triplicado ejemplar.–Por el Ministerio
de Ciencia, Innovación y Universidades, el Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y
Universidades, Juan Cruz Cigudosa García (Por delegación de firma en virtud de Orden
de 13 de noviembre, de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades).–Por la
Comunidad Autónoma de Cantabria, el Consejero de Educación, Formación Profesional
y Universidades del Gobierno de Cantabria, Sergio Silva Fernández.–Por la Universidad
de Cantabria, el Rector Magnífico, Ángel Pazos Carro.
ANEXO *
1. Distribución para el año 2024 de las plazas y de los costes del Programa de
Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas
Españolas: Universidad de Cantabria **.
Universidades
Universidad
Cantabria.
Distribución plazas de profesorado ayudante doctor
Programa del MICIU (parte correspondiente de
las 3.361 plazas sufragadas por el MICIU)
Coste bruto de las plazas responsabilidad del MICIU (euros) –parte
correspondiente de las 3.361 plazas sufragadas por el MICIU–, para el período
1 de septiembre a 31 de diciembre de 2024
29
326.401
Universidades
Universidad
Cantabria.
Distribución plazas de profesorado ayudante
doctor Programa del MICIU (parte correspondiente
de las 3.361 plazas sufragadas por el MICIU)
Distribución plazas profesorado ayudante
doctor a asumir por la CCAA sobre el resto de
las necesidades docentes de la universidad
Necesidades globales de
profesorado ayudante doctor
en la universidad
29
19
48
* Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria del 19 de junio de 2024.
** Distribución elaborada a partir de los criterios aprobados por el Acuerdo de la Conferencia General de
Política Universitaria celebrada el día 19 de junio de 2024, cuyos cálculos están basados en los datos del SIIU
y de la información proporcionada por las universidades.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-26206
Verificable en https://www.boe.es
2. Distribución global de las plazas del Programa de Incorporación de Talento
Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas: Universidad de
Cantabria **.
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172624
Décima. Régimen jurídico del convenio y resolución de controversias.
1. Este convenio tiene naturaleza administrativa. Se regulará por el título preliminar,
capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
por las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y por los principios
generales de Derecho, de acuerdo con el artículo 2 del Código Civil.
2. En el presente convenio prevalece la colaboración para el logro de un fin público,
que constituye el objeto del mismo. En el convenio celebrado no hay contraposición de
intereses, sino objetivos comunes o compartidos, no existiendo la contraprestación
propia de un contrato.
3. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir, sin perjuicio de las facultades de la
Comisión de Seguimiento para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento
del convenio, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de que son titulares
los firmantes, suscriben el presente convenio, por triplicado ejemplar.–Por el Ministerio
de Ciencia, Innovación y Universidades, el Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y
Universidades, Juan Cruz Cigudosa García (Por delegación de firma en virtud de Orden
de 13 de noviembre, de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades).–Por la
Comunidad Autónoma de Cantabria, el Consejero de Educación, Formación Profesional
y Universidades del Gobierno de Cantabria, Sergio Silva Fernández.–Por la Universidad
de Cantabria, el Rector Magnífico, Ángel Pazos Carro.
ANEXO *
1. Distribución para el año 2024 de las plazas y de los costes del Programa de
Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas
Españolas: Universidad de Cantabria **.
Universidades
Universidad
Cantabria.
Distribución plazas de profesorado ayudante doctor
Programa del MICIU (parte correspondiente de
las 3.361 plazas sufragadas por el MICIU)
Coste bruto de las plazas responsabilidad del MICIU (euros) –parte
correspondiente de las 3.361 plazas sufragadas por el MICIU–, para el período
1 de septiembre a 31 de diciembre de 2024
29
326.401
Universidades
Universidad
Cantabria.
Distribución plazas de profesorado ayudante
doctor Programa del MICIU (parte correspondiente
de las 3.361 plazas sufragadas por el MICIU)
Distribución plazas profesorado ayudante
doctor a asumir por la CCAA sobre el resto de
las necesidades docentes de la universidad
Necesidades globales de
profesorado ayudante doctor
en la universidad
29
19
48
* Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria del 19 de junio de 2024.
** Distribución elaborada a partir de los criterios aprobados por el Acuerdo de la Conferencia General de
Política Universitaria celebrada el día 19 de junio de 2024, cuyos cálculos están basados en los datos del SIIU
y de la información proporcionada por las universidades.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-26206
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2. Distribución global de las plazas del Programa de Incorporación de Talento
Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas: Universidad de
Cantabria **.