Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-26069)
Orden TRM/1413/2024, de 10 de diciembre, por la que se determinan para el año 2023 los costes tipo aplicables a los costes subvencionables regulados en el Real Decreto 147/2019, de 15 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301
Sábado 14 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 171654
fijados, para el tráfico interinsular y para el trayecto Canarias-Cádiz, en el caso del tráfico
marítimo, y Canarias-Madrid (A.S.M.–Barajas), en el aéreo, así como para las distintas
unidades de transporte utilizadas habitualmente, en las cuantías que se especifican en el
anexo a esta orden.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.20.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre tránsito y
transporte aéreo y marina mercante.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2024-26069
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de diciembre de 2024.–El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible,
Óscar Puente Santiago.
Núm. 301
Sábado 14 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 171654
fijados, para el tráfico interinsular y para el trayecto Canarias-Cádiz, en el caso del tráfico
marítimo, y Canarias-Madrid (A.S.M.–Barajas), en el aéreo, así como para las distintas
unidades de transporte utilizadas habitualmente, en las cuantías que se especifican en el
anexo a esta orden.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.20.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre tránsito y
transporte aéreo y marina mercante.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2024-26069
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de diciembre de 2024.–El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible,
Óscar Puente Santiago.