Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2024-45862)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., por el que se notifica la aprobación de los Cánones de Regulación y las Tarifas de Utilización del Agua correspondientes al año 2025 que el Organismo de Cuenca tiene la obligación de calcular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Sábado 14 de diciembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 71935

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

45862

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., por el que se
notifica la aprobación de los Cánones de Regulación y las Tarifas de
Utilización del Agua correspondientes al año 2025 que el Organismo de
Cuenca tiene la obligación de calcular.

Por Resoluciones de esta Presidencia de la Confederación Hidrográfica del
Ebro de fechas 2 de octubre de 2024, 9 de octubre de 2024, 17 de octubre de
2024, 21 de octubre de 2024 y 4 de noviembre de 2024, se han aprobado los
diferentes Cánones de Regulación y Tarifas de Utilización del Agua en el ámbito de
su competencia correspondientes al año 2025, conforme se establece en el
artículo114 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
Las resoluciones aprobatorias de cada una de las exacciones aprobadas están
disponibles en la web de la Confederación Hidrográfica del Ebro:
https://www.chebro.es/web/guest/tasas-canones-y-tarifas
A la vista de lo expuesto, DISPONGO la publicación en el Boletín Oficial del
Estado de esta resolución.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto Legislativo
1/2001, de 20 de julio, Texto Refundido de la Ley de Aguas, artículo 235 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, así como en el Real Decreto 520/
2005, de 13 de mayo por el que se aprueba el Reglamento General de Desarrollo
de la Ley anterior, en materia de revisión en vía administrativa, contra la presente
resolución podrá interponerse reclamación económico-administrativa ante el
Tribunal Económico Administrativo Regional, dirigiendo el escrito de interposición a
este mismo Organismo de cuenca, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la notificación de la misma.
En el mismo plazo y ante este mismo Organismo, de conformidad con los
artículos 222 y 223 de la citada Ley Tributaria, podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición, en cuyo caso, no podrá promoverse
reclamación económico-administrativa hasta la resolución expresa o presunta, del
mismo.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Zaragoza, 4 de diciembre de 2024.- El Presidente, Carlos Arrazola Martínez.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X