Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (BOE-A-2024-26007)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Especialidad de Transporte, Movilidad e Infraestructuras.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170249
el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Constará de distintos módulos sobre materias relacionadas con el funcionamiento de
la administración, igualdad y violencia de género, transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno, desarrollo sostenible, ética pública y las materias específicas
del temario. Se podrán utilizar medios telemáticos para su impartición.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al
menos 25 puntos.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo para las personas
aspirantes del turno libre y de oposición, concurso y curso selectivo para las personas
aspirantes del turno de promoción interna.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Fase de oposición.
2. Cuarto ejercicio.
3. Tercer ejercicio.
4. Primer ejercicio.
5. Segundo ejercicio.
6. Resultado del sorteo de la letra que determina el orden de actuación de las
personas aspirantes para el año 2024 previsto en el artículo 17 del Real
Decreto 364/1995, 10 marzo, como criterio de cierre de los mismos.
4.
Periodo de prácticas
Una vez superado el curso selectivo las personas aspirantes continuarán en la
situación de funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en el BOE de los
nombramientos como funcionarios de carrera del Escala Superior de Especialistas en
Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias
Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Especialidad de
Transporte, Movilidad e Infraestructuras. Los funcionarios en prácticas dependerán de la
Subdirección General de Recursos Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no
tendrá incidencia para la determinación de la calificación del proceso selectivo.
Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de un mes, se
propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad
primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones
propias del Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad
de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, Especialidad de Transporte, Movilidad e Infraestructuras
bajo la supervisión de un tutor designado a tal efecto. En ningún caso, se podrá
encomendar la realización de funciones propias de un puesto de trabajo.
La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este
requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Las personas aspirantes que accedan por el turno de promoción interna estarán
exentas de la realización del periodo de prácticas.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de
los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al
empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los
correspondientes procesos selectivos. Estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que
cve: BOE-A-2024-26007
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170249
el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Constará de distintos módulos sobre materias relacionadas con el funcionamiento de
la administración, igualdad y violencia de género, transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno, desarrollo sostenible, ética pública y las materias específicas
del temario. Se podrán utilizar medios telemáticos para su impartición.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al
menos 25 puntos.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo para las personas
aspirantes del turno libre y de oposición, concurso y curso selectivo para las personas
aspirantes del turno de promoción interna.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Fase de oposición.
2. Cuarto ejercicio.
3. Tercer ejercicio.
4. Primer ejercicio.
5. Segundo ejercicio.
6. Resultado del sorteo de la letra que determina el orden de actuación de las
personas aspirantes para el año 2024 previsto en el artículo 17 del Real
Decreto 364/1995, 10 marzo, como criterio de cierre de los mismos.
4.
Periodo de prácticas
Una vez superado el curso selectivo las personas aspirantes continuarán en la
situación de funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en el BOE de los
nombramientos como funcionarios de carrera del Escala Superior de Especialistas en
Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias
Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Especialidad de
Transporte, Movilidad e Infraestructuras. Los funcionarios en prácticas dependerán de la
Subdirección General de Recursos Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no
tendrá incidencia para la determinación de la calificación del proceso selectivo.
Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de un mes, se
propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad
primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones
propias del Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad
de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, Especialidad de Transporte, Movilidad e Infraestructuras
bajo la supervisión de un tutor designado a tal efecto. En ningún caso, se podrá
encomendar la realización de funciones propias de un puesto de trabajo.
La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este
requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Las personas aspirantes que accedan por el turno de promoción interna estarán
exentas de la realización del periodo de prácticas.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de
los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al
empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los
correspondientes procesos selectivos. Estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que
cve: BOE-A-2024-26007
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Núm. 300