Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (BOE-A-2024-26007)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Especialidad de Transporte, Movilidad e Infraestructuras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de diciembre de 2024
2.

Sec. II.B. Pág. 170247

Fase de concurso

La fase de concurso tendrá por objeto la comprobación y calificación razonada de los
méritos alegados. A tal efecto, las personas aspirantes que se presentan por el turno de
promoción interna, y hayan superado la fase de oposición, deberán aportar el
correspondiente anexo VI para su valoración, disponiendo de un plazo de 20 días hábiles
a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de las notas del último ejercicio.
La fase de concurso se calificará con un máximo de 30 puntos. Se valorarán, a las
personas aspirantes que participen por el turno de promoción interna, los siguientes
méritos:
Personal funcionario: La antigüedad del funcionario en el Cuerpo o Escala a que
pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta
la fecha de publicación de la presente convocatoria; el grado personal y los cursos de
formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración
Pública y en otros centros oficiales de formación de funcionarios, de acuerdo con la
siguiente puntuación:
a) Antigüedad. Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios
efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 14 puntos.
b) Grado personal. Se otorgará a cada aspirante por la posesión de un determinado
grado personal consolidado, hasta un máximo de 5 puntos, distribuidos en la forma
siguiente:
Grado personal igual al 26: 5 puntos.
Grado personal igual al 25: 4,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 4 puntos.
Grado personal igual al 23: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 3 puntos.
Grado personal igual al 21: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 2 puntos.
Grado personal igual al 19: 1,5 punto.
Grado personal igual al 18: 1 punto.
c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del
Estado, en funciones idénticas o análogas a las de la Escala Superior de Especialistas
en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las
Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
Especialidad de Transporte, Movilidad e Infraestructuras. Se otorgará un punto por cada
año trabajado, hasta un máximo de 6 puntos. La forma de acreditación será mediante el
anexo VI y el certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la
unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada
aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 5 puntos, por cada curso de formación y
perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias
relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta convocatoria.
Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No
se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes
a estudios universitarios, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a
jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una
relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado
de requisitos y méritos.

cve: BOE-A-2024-26007
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Núm. 300