Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. (BOE-A-2024-26011)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170412
Empleado Público y que hayan obtenido con destino definitivo, estos últimos, en la
Administración General del Estado.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario
de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo
A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2 o en
Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
6.3.2
Personal laboral.
– Personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo): pertenecer
como personal laboral fijo al grupo G1-Archivos, Bibliotecas y Museos, del anexo II del
IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del
Estado.
– También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral
indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de
otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado y que desarrolle funciones de dirección y coordinación de procesos
de catalogación, investigación, conservación, gestión y difusión de bienes culturales y
museos o instituciones análogas.
– Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal
laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que
hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad G1-Archivos, Bibliotecas y Museos,
del anexo II del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente.
– También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos
durante al menos dos años (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en
una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos,
Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia,
vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando las
funciones que se señalan en el apartado precedente de esta misma base.
6.4 Requisitos específicos para las personas aspirantes por cambio de régimen jurídico:
– Estar desempeñando de manera efectiva o tener reconocida una reserva de puesto de
trabajo, como personal laboral fijo, en una de las plazas correspondientes al Grupo G1 y
especialidad de Archivos, Bibliotecas y Museos del anexo II del IV Convenio Único, o
encontrarse en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, como personal
laboral fijo, cuando el último destino en servicio activo tuviese asignadas las funciones propias
del al Grupo G1 y especialidad de Archivos, Bibliotecas y Museos del anexo II del IV
Convenio Único, salvo concurrencia de la causa de exclusión recogida en la base 2.5.
– No haber accedido a la jubilación, cualquiera que sea la modalidad a la que se
haya acogido, incluida la jubilación parcial.
7.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado», por vía electrónica.
7.2 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo
oficial 790 al que se accederá, a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas
del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias),
siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la
plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus
modalidades.
cve: BOE-A-2024-26011
Verificable en https://www.boe.es
7. Solicitudes
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170412
Empleado Público y que hayan obtenido con destino definitivo, estos últimos, en la
Administración General del Estado.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario
de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo
A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2 o en
Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
6.3.2
Personal laboral.
– Personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo): pertenecer
como personal laboral fijo al grupo G1-Archivos, Bibliotecas y Museos, del anexo II del
IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del
Estado.
– También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral
indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de
otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado y que desarrolle funciones de dirección y coordinación de procesos
de catalogación, investigación, conservación, gestión y difusión de bienes culturales y
museos o instituciones análogas.
– Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal
laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que
hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad G1-Archivos, Bibliotecas y Museos,
del anexo II del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente.
– También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos
durante al menos dos años (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en
una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos,
Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia,
vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando las
funciones que se señalan en el apartado precedente de esta misma base.
6.4 Requisitos específicos para las personas aspirantes por cambio de régimen jurídico:
– Estar desempeñando de manera efectiva o tener reconocida una reserva de puesto de
trabajo, como personal laboral fijo, en una de las plazas correspondientes al Grupo G1 y
especialidad de Archivos, Bibliotecas y Museos del anexo II del IV Convenio Único, o
encontrarse en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, como personal
laboral fijo, cuando el último destino en servicio activo tuviese asignadas las funciones propias
del al Grupo G1 y especialidad de Archivos, Bibliotecas y Museos del anexo II del IV
Convenio Único, salvo concurrencia de la causa de exclusión recogida en la base 2.5.
– No haber accedido a la jubilación, cualquiera que sea la modalidad a la que se
haya acogido, incluida la jubilación parcial.
7.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado», por vía electrónica.
7.2 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo
oficial 790 al que se accederá, a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas
del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias),
siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la
plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus
modalidades.
cve: BOE-A-2024-26011
Verificable en https://www.boe.es
7. Solicitudes