Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. (BOE-A-2024-26011)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170419
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, los Tribunales podrán elaborar una relación de personas candidatas
en el proceso selectivo por ingreso libre.
En esta relación figurarían aquellas personas candidatas que, habiendo participado
en el proceso selectivo de acceso libre, y no habiéndolo superado, alcancen la
puntuación mínima que, en su caso, el Tribunal establezca en función de los resultados.
La relación se ordenará según la puntuación obtenida. La relación así confeccionada
tendrá validez hasta la publicación de la nueva lista de personas candidatas resultante
del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.
Para poder formar parte de la relación, las personas candidatas deberán poseer
todos los requisitos que se hayan exigido para poder participar en la presente
convocatoria. No formarán parte de aquella las personas que manifiesten expresamente
su deseo de no participar en la misma.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la relación de personas candidatas
será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este
procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio convocante.
14.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma; el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó en el plazo
de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá
imponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 5 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen
Páez Soria.
ANEXO I
En cumplimiento del artículo 3.5 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que
se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, y el
artículo 114.3 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo; el presente proceso selectivo tiene un máximo de 4 pruebas, incluyendo
pruebas de tipo teórico y pruebas de tipo práctico. El proceso selectivo ha sido diseñado
cve: BOE-A-2024-26011
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170419
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, los Tribunales podrán elaborar una relación de personas candidatas
en el proceso selectivo por ingreso libre.
En esta relación figurarían aquellas personas candidatas que, habiendo participado
en el proceso selectivo de acceso libre, y no habiéndolo superado, alcancen la
puntuación mínima que, en su caso, el Tribunal establezca en función de los resultados.
La relación se ordenará según la puntuación obtenida. La relación así confeccionada
tendrá validez hasta la publicación de la nueva lista de personas candidatas resultante
del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.
Para poder formar parte de la relación, las personas candidatas deberán poseer
todos los requisitos que se hayan exigido para poder participar en la presente
convocatoria. No formarán parte de aquella las personas que manifiesten expresamente
su deseo de no participar en la misma.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la relación de personas candidatas
será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este
procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio convocante.
14.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma; el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó en el plazo
de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá
imponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 5 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen
Páez Soria.
ANEXO I
En cumplimiento del artículo 3.5 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que
se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, y el
artículo 114.3 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo; el presente proceso selectivo tiene un máximo de 4 pruebas, incluyendo
pruebas de tipo teórico y pruebas de tipo práctico. El proceso selectivo ha sido diseñado
cve: BOE-A-2024-26011
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 300