Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (BOE-A-2024-26005)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, especialidad Seguridad e Interoperabilidad Ferroviaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170188
disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles,
desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la
presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
exigidos en la convocatoria.
9.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el
acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de aprobados al de
plazas convocadas.
9.4 No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el
nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en
el proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas
seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano
convocante podrá requerir, por una sola vez, al citado órgano de selección una relación
complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible
nombramiento como personal funcionario de carrera.
9.5 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el
«Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un
plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
9.6 A las personas las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento
de los requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en
prácticas, y, a las que superen esta fase, personal funcionario de carrera.
9.7 La adjudicación de los puestos entre las personas las personas aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la
puntuación total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
9.8 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas
aspirantes que superen este proceso selectivo deberán solicitar destino utilizando
exclusivamente medios electrónicos.
9.9 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará
personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas que hayan
superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la convocatoria,
cumplir los requisitos exigidos.
9.10 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado».
Relación de personas candidatas para el nombramiento de funcionarios interinos
10.1 De acuerdo con el artículo 114.10 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, el Tribunal elaborará una lista de personas candidatas con todos los que
hayan superado, al menos, un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de
la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que
la selección de funcionarios interinos de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de
Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
especialidad Seguridad e Interoperabilidad Ferroviaria, se pueda realizar con esta lista
de personas candidatas mediante procedimientos ágiles.
10.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas
candidatas, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
cve: BOE-A-2024-26005
Verificable en https://www.boe.es
10.
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 170188
disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles,
desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la
presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
exigidos en la convocatoria.
9.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el
acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de aprobados al de
plazas convocadas.
9.4 No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el
nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en
el proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas
seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano
convocante podrá requerir, por una sola vez, al citado órgano de selección una relación
complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible
nombramiento como personal funcionario de carrera.
9.5 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el
«Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un
plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
9.6 A las personas las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento
de los requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en
prácticas, y, a las que superen esta fase, personal funcionario de carrera.
9.7 La adjudicación de los puestos entre las personas las personas aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la
puntuación total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
9.8 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas
aspirantes que superen este proceso selectivo deberán solicitar destino utilizando
exclusivamente medios electrónicos.
9.9 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará
personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas que hayan
superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la convocatoria,
cumplir los requisitos exigidos.
9.10 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado».
Relación de personas candidatas para el nombramiento de funcionarios interinos
10.1 De acuerdo con el artículo 114.10 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, el Tribunal elaborará una lista de personas candidatas con todos los que
hayan superado, al menos, un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de
la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que
la selección de funcionarios interinos de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de
Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
especialidad Seguridad e Interoperabilidad Ferroviaria, se pueda realizar con esta lista
de personas candidatas mediante procedimientos ágiles.
10.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas
candidatas, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
cve: BOE-A-2024-26005
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