Consejo de Estado. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2024-25995)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 17 de julio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.A. Pág. 170167
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE ESTADO
25995
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Presidencia del Consejo de
Estado, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por
Resolución de 17 de julio de 2024.
Por Resolución de 17 de julio de 2024 (BOE de 5 de agosto) se convocó concurso
específico para la provisión de puestos de trabajo en el Consejo de Estado, para cuerpos
y escalas de los subgrupos C1/C2. Habiéndose dado cumplimiento a las normas
reglamentarias, a las bases de la convocatoria y a las demás normas de procedimiento
aplicables, vista la valoración de méritos alegados y de acuerdo con la propuesta
elaborada por la Comisión de Valoración,
Esta Presidencia ha dispuesto:
Primero.
Adjudicar, con carácter definitivo, el destino que se relaciona en el anexo a la
funcionaria que se menciona en el mismo.
Segundo.
Declarar desierto el puesto de trabajo que así se específica en el anexo de esta
resolución.
Tercero.
El destino adjudicado, de conformidad con el artículo 49 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, tendrá la consideración de voluntario y, en consecuencia, no generará derecho a
indemnización por concepto alguno. Asimismo, será irrenunciable, salvo que, antes de
finalizar la toma de posesión, el interesado obtenga otro destino, bien por procedimiento
de libre designación o por concurso.
Cuarto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de su publicación, o bien interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa, en relación con el artículo 1 de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de
abril, modificada por la Ley Orgánica 3/2004, de 28 de diciembre, del Consejo de Estado.
Madrid, 3 de diciembre de 2024.–La Presidenta del Consejo de Estado, Carmen
Calvo Poyato.
cve: BOE-A-2024-25995
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 48
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. II.A. Pág. 170167
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE ESTADO
25995
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Presidencia del Consejo de
Estado, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por
Resolución de 17 de julio de 2024.
Por Resolución de 17 de julio de 2024 (BOE de 5 de agosto) se convocó concurso
específico para la provisión de puestos de trabajo en el Consejo de Estado, para cuerpos
y escalas de los subgrupos C1/C2. Habiéndose dado cumplimiento a las normas
reglamentarias, a las bases de la convocatoria y a las demás normas de procedimiento
aplicables, vista la valoración de méritos alegados y de acuerdo con la propuesta
elaborada por la Comisión de Valoración,
Esta Presidencia ha dispuesto:
Primero.
Adjudicar, con carácter definitivo, el destino que se relaciona en el anexo a la
funcionaria que se menciona en el mismo.
Segundo.
Declarar desierto el puesto de trabajo que así se específica en el anexo de esta
resolución.
Tercero.
El destino adjudicado, de conformidad con el artículo 49 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, tendrá la consideración de voluntario y, en consecuencia, no generará derecho a
indemnización por concepto alguno. Asimismo, será irrenunciable, salvo que, antes de
finalizar la toma de posesión, el interesado obtenga otro destino, bien por procedimiento
de libre designación o por concurso.
Cuarto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de su publicación, o bien interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa, en relación con el artículo 1 de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de
abril, modificada por la Ley Orgánica 3/2004, de 28 de diciembre, del Consejo de Estado.
Madrid, 3 de diciembre de 2024.–La Presidenta del Consejo de Estado, Carmen
Calvo Poyato.
cve: BOE-A-2024-25995
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 48
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.