Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-26053)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de La Rioja, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de Educación en el Reino Unido e Irlanda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Novena.
Sec. III. Pág. 171564
Naturaleza y resolución de controversias.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad se
comprometen a resolver de común acuerdo las eventuales discrepancias que puedan
surgir en el desarrollo del presente convenio y, en su defecto, se someterán a la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Décima.
Interpretación lingüística.
Con independencia del trabajo realizado para que el presente convenio tenga un
lenguaje inclusivo lo más amplio posible, en los casos en los que no se ha podido
mantener el criterio y se han utilizado sustantivos de género gramatical masculino para
referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por
mera economía de la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia.
cve: BOE-A-2024-26053
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento a fecha de la firma
digital, tomándose como referencia a efectos de fecha del convenio la fecha de la última
de las firmas.–Por el Ministerio de Educación, Formación Profesional, y Deportes, la
Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes. P. D. (Orden EFP/43/2021, de
21 de enero), la Directora General de Planificación y Gestión Educativa, Susana
Tejadillos Perona, P. D. F. (artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre), el Consejero
de Educación en el Reino Unido e Irlanda, Fernando Bartolomé Usieto.–Por la
Universidad Internacional de La Rioja, el Rector, José María Vázquez García-Peñuela.
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Novena.
Sec. III. Pág. 171564
Naturaleza y resolución de controversias.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad se
comprometen a resolver de común acuerdo las eventuales discrepancias que puedan
surgir en el desarrollo del presente convenio y, en su defecto, se someterán a la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Décima.
Interpretación lingüística.
Con independencia del trabajo realizado para que el presente convenio tenga un
lenguaje inclusivo lo más amplio posible, en los casos en los que no se ha podido
mantener el criterio y se han utilizado sustantivos de género gramatical masculino para
referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por
mera economía de la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia.
cve: BOE-A-2024-26053
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento a fecha de la firma
digital, tomándose como referencia a efectos de fecha del convenio la fecha de la última
de las firmas.–Por el Ministerio de Educación, Formación Profesional, y Deportes, la
Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes. P. D. (Orden EFP/43/2021, de
21 de enero), la Directora General de Planificación y Gestión Educativa, Susana
Tejadillos Perona, P. D. F. (artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre), el Consejero
de Educación en el Reino Unido e Irlanda, Fernando Bartolomé Usieto.–Por la
Universidad Internacional de La Rioja, el Rector, José María Vázquez García-Peñuela.