Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-26062)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con la Consejería de Educación y Empleo del Gobierno de La Rioja y la Universidad de La Rioja, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171624
marzo, del Sistema Universitario, en su ámbito la Universidad de La Rioja como
universidad pública presente y con sede en el territorio de la Comunidad de La Rioja.
b. Cubrir específicamente las necesidades docentes derivadas de los cambios de
dedicación del Profesorado/a Asociado/a y del Profesorado Ayudante Doctor.
c. Incorporar y provisionar nuevas plazas de profesorado en el marco de este
Programa mediante la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, según lo descrito en el
anexo del presente convenio. Dicho anexo incorpora la información sobre plazas que a
nivel de CC. AA. se incluye en el Acuerdo del Pleno de la Conferencia General de
Política Universitaria aprobado el 19 de junio de 2024, tanto en el articulado del mismo
como en el anexo.
d. Reducir las tasas de temporalidad de la plantilla de profesorado de la
Universidad de La Rioja, para que en el curso 2027-2028 se cumpla con los valores al
respecto establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Tercera. Financiación.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría
General de Universidades asume, con cargo a este convenio, un gasto máximo de
cincuenta y cuatro mil ciento setenta y tres euros (54.173 €) con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.09.322C.450 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023
prorrogados para 2024.
Los créditos se librarán y harán efectivos por cuartas partes en la segunda quincena
natural de cada trimestre, a excepción del pago correspondiente al primer trimestre, que
sólo podrá hacerse efectivo una vez suscrito el presente convenio, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 86.quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Cuarta.
Obligaciones de las partes.
a. Aportar a la Consejería de Educación y Empleo del Gobierno de La Rioja, con
cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias,
una cantidad máxima de 54.173 euros, con objeto de hacer frente al coste derivado de la
creación y provisión de cinco plazas de Profesor/a Ayudante Doctor en la Universidad de
La Rioja, para el período comprendido entre 1 de septiembre y 31 de diciembre de 2024,
habida cuenta del momento del año en que se firma este convenio y la temporalidad
necesaria para la ejecución de los concursos de provisión de estas plazas por parte de
cada universidad.
A partir del año 2025 hasta la finalización del Programa, el MICIU se compromete a
aportar anualmente la cantidad que en su caso se consignara en los Presupuestos
Generales del Estado o mediante conferencia sectorial para atender la financiación del
coste derivado de esa creación y provisión de las cinco plazas de Profesor/a Ayudante
Doctor en la Universidad de La Rioja, teniendo presente siempre como referencia el
coste unitario utilizado para la elaboración del Acuerdo del 19 de junio de 2024 de la
Conferencia General de Política Universitaria. Cada año el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, previa la tramitación de la correspondiente adenda a este
convenio, procederá al libramiento de fondos a la Comunidad Autónoma, supeditado a la
existencia de disponibilidades presupuestarias, que serán destinados exclusivamente a
abonar los gastos a que dé lugar la citada creación y provisión de plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor.
En dicha adenda se recogerán las plazas que le corresponden a la Universidad de La
Rioja en el marco de las designadas para la Comunidad de La Rioja, y cuyos valores son
expuestos en este convenio.
cve: BOE-A-2024-26062
Verificable en https://www.boe.es
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MICIU), en el ámbito del presente convenio:
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171624
marzo, del Sistema Universitario, en su ámbito la Universidad de La Rioja como
universidad pública presente y con sede en el territorio de la Comunidad de La Rioja.
b. Cubrir específicamente las necesidades docentes derivadas de los cambios de
dedicación del Profesorado/a Asociado/a y del Profesorado Ayudante Doctor.
c. Incorporar y provisionar nuevas plazas de profesorado en el marco de este
Programa mediante la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, según lo descrito en el
anexo del presente convenio. Dicho anexo incorpora la información sobre plazas que a
nivel de CC. AA. se incluye en el Acuerdo del Pleno de la Conferencia General de
Política Universitaria aprobado el 19 de junio de 2024, tanto en el articulado del mismo
como en el anexo.
d. Reducir las tasas de temporalidad de la plantilla de profesorado de la
Universidad de La Rioja, para que en el curso 2027-2028 se cumpla con los valores al
respecto establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.
Tercera. Financiación.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría
General de Universidades asume, con cargo a este convenio, un gasto máximo de
cincuenta y cuatro mil ciento setenta y tres euros (54.173 €) con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.09.322C.450 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023
prorrogados para 2024.
Los créditos se librarán y harán efectivos por cuartas partes en la segunda quincena
natural de cada trimestre, a excepción del pago correspondiente al primer trimestre, que
sólo podrá hacerse efectivo una vez suscrito el presente convenio, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 86.quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Cuarta.
Obligaciones de las partes.
a. Aportar a la Consejería de Educación y Empleo del Gobierno de La Rioja, con
cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias,
una cantidad máxima de 54.173 euros, con objeto de hacer frente al coste derivado de la
creación y provisión de cinco plazas de Profesor/a Ayudante Doctor en la Universidad de
La Rioja, para el período comprendido entre 1 de septiembre y 31 de diciembre de 2024,
habida cuenta del momento del año en que se firma este convenio y la temporalidad
necesaria para la ejecución de los concursos de provisión de estas plazas por parte de
cada universidad.
A partir del año 2025 hasta la finalización del Programa, el MICIU se compromete a
aportar anualmente la cantidad que en su caso se consignara en los Presupuestos
Generales del Estado o mediante conferencia sectorial para atender la financiación del
coste derivado de esa creación y provisión de las cinco plazas de Profesor/a Ayudante
Doctor en la Universidad de La Rioja, teniendo presente siempre como referencia el
coste unitario utilizado para la elaboración del Acuerdo del 19 de junio de 2024 de la
Conferencia General de Política Universitaria. Cada año el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, previa la tramitación de la correspondiente adenda a este
convenio, procederá al libramiento de fondos a la Comunidad Autónoma, supeditado a la
existencia de disponibilidades presupuestarias, que serán destinados exclusivamente a
abonar los gastos a que dé lugar la citada creación y provisión de plazas de Profesor/a
Ayudante Doctor.
En dicha adenda se recogerán las plazas que le corresponden a la Universidad de La
Rioja en el marco de las designadas para la Comunidad de La Rioja, y cuyos valores son
expuestos en este convenio.
cve: BOE-A-2024-26062
Verificable en https://www.boe.es
1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante
MICIU), en el ámbito del presente convenio: