Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-26056)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión al Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias, para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de cítricos y frutales de diversas especies necesarios para el registro de variedades vegetales.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171590
Resumen por ejercicios de los presupuestos:
Concepto
Informes DHE.
Actividades de formación y apoyo a la OEVV.
Total.
2024
–
Euros
2025
–
Euros
2026
–
Euros
Total
–
Euros
46.917
299.547
303.156
649.620,00
–
5500,00
5500,00
11.000,00
46.917
305.047
308.656
660.620
ANEXO 2
Descripción de los trabajos y documentación
1.
Protocolo de actuación.
1. Responsables técnicos: cada una de las partes designará un responsable
técnico para el seguimiento de las actividades del plan de trabajo para cada grupo de
especies. El intercambio de documentación entre las partes se realizará a través de los
responsables designados o personas delegadas por éstos, que en todo caso, constarán
en el manual de calidad de la OEVV y en el documento descriptivo incluido en el Sistema
de Gestión de la Calidad del centro de ensayos.
2. Solicitudes de registro: la OEVV remitirá al centro de ensayos las solicitudes de
registro recibidas, tanto de los registros nacionales como de las recibidas de la OCVV.
También se comunicará al centro de ensayos las solicitudes retiradas por el solicitante y
las que se hayan archivado por cualquier causa, tanto de la OEVV como de la OCVV.
Finalizado el plazo de recepción de solicitudes, y si no se hubieran recibido
suficientes para alcanzar la cantidad de informes prevista en este convenido, se
acordará con la OEVV el resto de variedades a incluir en los ensayos.
3. Recepción de material vegetal para el examen técnico: en el centro de ensayos
se realizará la entrada del material vegetal enviado para el examen técnico, procediendo
a su registro. Posteriormente, se procederá a la comprobación de que el material
entregado reúne las condiciones fijadas en el protocolo técnico de la OEVV, en especial
respecto a plazos, calidad exterior, identificación y sanidad para esa especie.
Cuando el material entregado no cumpla las condiciones fijadas, el centro de
ensayos comunicará la incidencia inmediatamente a la OEVV. La OEVV, previa consulta
con los técnicos del centro de ensayos, decidirán sobre la admisión o rechazo del
material.
En el caso de solicitudes de la OCVV, el centro de ensayos comunicará la incidencia
inmediatamente a la OEVV, y ésta sin dilación, se lo transmitirá a la OCVV, la cual
decidirá sobre la admisión o el rechazo del material.
El rechazo motivado de una muestra será comunicado, por la OEVV, al interesado, el
cual dispondrá de un plazo de un mes para retirar la muestra. Pasado ese plazo, la
muestra será destruida. En todo caso, si el rechazo es debido a motivos sanitarios la
muestra se destruirá de inmediato.
El material aceptado se almacenará de forma adecuada hasta su plantación o injerto,
que se realizará en el plazo más breve posible.
4. Registro de entradas: en el centro de ensayos se llevará un «Libro de registro de
entradas» por cada especie. En este libro figurarán, al menos, los siguientes datos:
– Variedad.
– Registro de origen: Registro de Variedades Comerciales (RVC), Registro de
Variedades Protegidas (RVP) y Registro de la OCVV.
cve: BOE-A-2024-26056
Verificable en https://www.boe.es
Para la realización de los exámenes técnicos se seguirá el siguiente procedimiento
de trabajo:
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171590
Resumen por ejercicios de los presupuestos:
Concepto
Informes DHE.
Actividades de formación y apoyo a la OEVV.
Total.
2024
–
Euros
2025
–
Euros
2026
–
Euros
Total
–
Euros
46.917
299.547
303.156
649.620,00
–
5500,00
5500,00
11.000,00
46.917
305.047
308.656
660.620
ANEXO 2
Descripción de los trabajos y documentación
1.
Protocolo de actuación.
1. Responsables técnicos: cada una de las partes designará un responsable
técnico para el seguimiento de las actividades del plan de trabajo para cada grupo de
especies. El intercambio de documentación entre las partes se realizará a través de los
responsables designados o personas delegadas por éstos, que en todo caso, constarán
en el manual de calidad de la OEVV y en el documento descriptivo incluido en el Sistema
de Gestión de la Calidad del centro de ensayos.
2. Solicitudes de registro: la OEVV remitirá al centro de ensayos las solicitudes de
registro recibidas, tanto de los registros nacionales como de las recibidas de la OCVV.
También se comunicará al centro de ensayos las solicitudes retiradas por el solicitante y
las que se hayan archivado por cualquier causa, tanto de la OEVV como de la OCVV.
Finalizado el plazo de recepción de solicitudes, y si no se hubieran recibido
suficientes para alcanzar la cantidad de informes prevista en este convenido, se
acordará con la OEVV el resto de variedades a incluir en los ensayos.
3. Recepción de material vegetal para el examen técnico: en el centro de ensayos
se realizará la entrada del material vegetal enviado para el examen técnico, procediendo
a su registro. Posteriormente, se procederá a la comprobación de que el material
entregado reúne las condiciones fijadas en el protocolo técnico de la OEVV, en especial
respecto a plazos, calidad exterior, identificación y sanidad para esa especie.
Cuando el material entregado no cumpla las condiciones fijadas, el centro de
ensayos comunicará la incidencia inmediatamente a la OEVV. La OEVV, previa consulta
con los técnicos del centro de ensayos, decidirán sobre la admisión o rechazo del
material.
En el caso de solicitudes de la OCVV, el centro de ensayos comunicará la incidencia
inmediatamente a la OEVV, y ésta sin dilación, se lo transmitirá a la OCVV, la cual
decidirá sobre la admisión o el rechazo del material.
El rechazo motivado de una muestra será comunicado, por la OEVV, al interesado, el
cual dispondrá de un plazo de un mes para retirar la muestra. Pasado ese plazo, la
muestra será destruida. En todo caso, si el rechazo es debido a motivos sanitarios la
muestra se destruirá de inmediato.
El material aceptado se almacenará de forma adecuada hasta su plantación o injerto,
que se realizará en el plazo más breve posible.
4. Registro de entradas: en el centro de ensayos se llevará un «Libro de registro de
entradas» por cada especie. En este libro figurarán, al menos, los siguientes datos:
– Variedad.
– Registro de origen: Registro de Variedades Comerciales (RVC), Registro de
Variedades Protegidas (RVP) y Registro de la OCVV.
cve: BOE-A-2024-26056
Verificable en https://www.boe.es
Para la realización de los exámenes técnicos se seguirá el siguiente procedimiento
de trabajo: