Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25947)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169758
1.2 Los concursos tendrán, con carácter general, procedimiento independiente para
cada plaza objeto de la convocatoria.
No obstante, en el mismo procedimiento se podrá incluir más de una plaza si sus
características de perfil y requisitos son idénticas. En caso de que se incluyan varias
plazas, el aspirante con una puntuación final más alta podrá elegir la plaza de su interés,
y el resto sucesivamente. En este supuesto, el abono de derechos de examen se referirá
a una sola plaza.
1.3 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre (BOE de 4 de enero de 1985), de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo, y al
Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de
Castilla y León.
1.4 La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre
hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el
artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
1.5 Todas las publicaciones que se derivan de esta convocatoria cumplirán con lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
2.
Requisitos de los concursantes
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
Requisitos generales:
a) Ser español. También podrán participar en idénticas condiciones que los
españoles los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o nacional de algún Estado, al que, en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,
de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de edad dependientes. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad a los españoles se les reconozca
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este efectivo
reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidades recabará informe de los
Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al castellano, que será la lengua oficial en
la que tendrá lugar el desarrollo del proceso selectivo.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
cve: BOE-A-2024-25947
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169758
1.2 Los concursos tendrán, con carácter general, procedimiento independiente para
cada plaza objeto de la convocatoria.
No obstante, en el mismo procedimiento se podrá incluir más de una plaza si sus
características de perfil y requisitos son idénticas. En caso de que se incluyan varias
plazas, el aspirante con una puntuación final más alta podrá elegir la plaza de su interés,
y el resto sucesivamente. En este supuesto, el abono de derechos de examen se referirá
a una sola plaza.
1.3 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre (BOE de 4 de enero de 1985), de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo, y al
Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de
Castilla y León.
1.4 La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre
hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el
artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
1.5 Todas las publicaciones que se derivan de esta convocatoria cumplirán con lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
2.
Requisitos de los concursantes
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
Requisitos generales:
a) Ser español. También podrán participar en idénticas condiciones que los
españoles los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o nacional de algún Estado, al que, en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,
de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de edad dependientes. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad a los españoles se les reconozca
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este efectivo
reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidades recabará informe de los
Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al castellano, que será la lengua oficial en
la que tendrá lugar el desarrollo del proceso selectivo.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
cve: BOE-A-2024-25947
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