Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25947)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Jueves 12 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 169768

situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
b) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el
caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
(Impresos normalizados que podrá obtener en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador, http://www.usal.es/node/27745).
8.1.2 Documentos expedidos en el extranjero: los documentos deberán ser
oficiales, expedidos por las autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.
Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente
traducción oficial al castellano.
8.1.3 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de
justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo
del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su
expediente personal.
8.2

Nombramientos.

Los nombramientos propuestos por la comisión de selección, serán efectuados por el
Rector de la Universidad de Salamanca, después de que el concursante propuesto haya
acreditado cumplir los requisitos y plazos establecidos en la base anterior. En caso de
que el concursante propuesto no presentase oportunamente la documentación requerida
en el apartado 8.1 de esta base, el Rector procederá, en su caso, al nombramiento del
siguiente concursante en el orden de valoración formulado.
8.3

Publicidad de los nombramientos.

Los nombramientos serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de
otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos
respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de
Castilla y León» y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.
8.4

Incorporación.

En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate, con los derechos y deberes
que le son propios.
Custodia de la documentación

9.1 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los interesados tienen derecho en
cualquier momento a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición, dirigiéndose mediante carta certificada, adjuntando fotocopia de su DNI, al
Jefe del Servicio de Personal Docente e Investigador. Patio de Escuelas, 1. 37008
Salamanca.
9.2 La documentación de los concursantes a plazas que no hayan sido objeto de
reclamación podrá ser retirada por los interesados en el Servicio de Personal Docente e
Investigador de la Universidad, una vez transcurrido el plazo de tres meses a contar
desde la publicación en el BOE de la resolución rectoral que puso fin al proceso
selectivo.
9.3 La documentación de los aspirantes a las plazas que hayan sido objeto de
recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución impugnada. Sin perjuicio
de lo anterior, los interesados podrán realizar copia de la misma a otros efectos.

cve: BOE-A-2024-25947
Verificable en https://www.boe.es

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