Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25946)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169750
7. Proceso de selección y propuesta de provisión
7.1
Acto de constitución.
7.1.1 Publicada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, las
comisiones de selección se constituirán en el plazo máximo de tres meses, al objeto de
iniciar sus trabajos.
Para ello, el presidente, convocará a los titulares y, en su caso, suplentes necesarios
para proceder al acto formal de constitución de aquella, fijando modo de
celebración (virtual, presencial o mixta – indicando el lugar–) y fecha a tales efectos. Esta
fecha podrá ser la misma en la que se resuelva la primera prueba prevista en la
base 7.2.
Una vez resuelta la primera prueba, el presidente dictará resolución convocando a
todos los aspirantes considerados Aptos, con señalamiento de día, hora y lugar del inicio
de la segunda prueba contemplada en la base 7.2. Esta resolución habrá de ser
notificada a los aspirantes considerados Aptos en la primera prueba con una antelación
mínima de cinco días hábiles respecto a la fecha de la celebración de la segunda
prueba.
En dicha notificación se solicitará a cada aspirante, en soporte informático, un
resumen de los aspectos básicos de la propuesta académica (docente e investigadora)
que desarrollarán ante la comisión de selección, con al menos 24 horas de antelación a
la celebración de la segunda prueba. Adicionalmente se solicitará el número de copias
en papel que la comisión considere necesarias. El secretario de la comisión hará llegar a
todos los miembros y al servicio de PDI una copia electrónica de este resumen.
7.1.2 El Servicio de Personal Docente e Investigador facilitará al secretario de cada
comisión las solicitudes y la restante documentación presentada por los aspirantes
admitidos que se hallará custodiada en este Servicio. Asimismo, asistirá técnicamente a
la comisión a requerimiento de esta para que, en todo momento, disponga de la
información necesaria para la resolución del concurso.
7.2
Pruebas.
El proceso selectivo consta de dos pruebas y cada una de ellas tendrá carácter
eliminatorio:
a) La primera prueba consistirá en un concurso de méritos, mediante la evaluación
por la comisión de selección del curriculum vitae de los candidatos.
b) En la segunda prueba cada candidato expondrá y debatirá con la comisión su
propuesta académica, docente e investigadora, de acuerdo con el tipo de tareas que
haya de realizar.
Primera prueba. Concurso de méritos.
7.3.1 De conformidad con la base 5.9, la sesión de valoración del concurso de
méritos se realizará, con carácter general, de forma telemática. En el supuesto que la
comisión de selección considere necesario que se realice de forma presencial, deberá
justificarlo de forma motivada.
7.3.2 La comisión de selección valorará en primer lugar la adecuación de cada
candidato al perfil de la plaza solicitada, de acuerdo con los criterios generales
aprobados por el Consejo de Gobierno y los criterios específicos de valoración para el
área de conocimiento, teniendo en cuenta su formación de grado y de posgrado, la tesis
doctoral, la actividad docente e investigadora y la actividad profesional.
Se considerará que hay una adecuación al perfil cuando más de la mitad de la
puntuación del conjunto de las cuestiones valoradas se correspondan con su contenido.
Si un candidato no se adecúa al perfil será considerado «No Apto» y no se procederá a
la valoración detallada del resto de apartados. Estos casos deberán motivarse
expresamente en el acta.
cve: BOE-A-2024-25946
Verificable en https://www.boe.es
7.3
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169750
7. Proceso de selección y propuesta de provisión
7.1
Acto de constitución.
7.1.1 Publicada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, las
comisiones de selección se constituirán en el plazo máximo de tres meses, al objeto de
iniciar sus trabajos.
Para ello, el presidente, convocará a los titulares y, en su caso, suplentes necesarios
para proceder al acto formal de constitución de aquella, fijando modo de
celebración (virtual, presencial o mixta – indicando el lugar–) y fecha a tales efectos. Esta
fecha podrá ser la misma en la que se resuelva la primera prueba prevista en la
base 7.2.
Una vez resuelta la primera prueba, el presidente dictará resolución convocando a
todos los aspirantes considerados Aptos, con señalamiento de día, hora y lugar del inicio
de la segunda prueba contemplada en la base 7.2. Esta resolución habrá de ser
notificada a los aspirantes considerados Aptos en la primera prueba con una antelación
mínima de cinco días hábiles respecto a la fecha de la celebración de la segunda
prueba.
En dicha notificación se solicitará a cada aspirante, en soporte informático, un
resumen de los aspectos básicos de la propuesta académica (docente e investigadora)
que desarrollarán ante la comisión de selección, con al menos 24 horas de antelación a
la celebración de la segunda prueba. Adicionalmente se solicitará el número de copias
en papel que la comisión considere necesarias. El secretario de la comisión hará llegar a
todos los miembros y al servicio de PDI una copia electrónica de este resumen.
7.1.2 El Servicio de Personal Docente e Investigador facilitará al secretario de cada
comisión las solicitudes y la restante documentación presentada por los aspirantes
admitidos que se hallará custodiada en este Servicio. Asimismo, asistirá técnicamente a
la comisión a requerimiento de esta para que, en todo momento, disponga de la
información necesaria para la resolución del concurso.
7.2
Pruebas.
El proceso selectivo consta de dos pruebas y cada una de ellas tendrá carácter
eliminatorio:
a) La primera prueba consistirá en un concurso de méritos, mediante la evaluación
por la comisión de selección del curriculum vitae de los candidatos.
b) En la segunda prueba cada candidato expondrá y debatirá con la comisión su
propuesta académica, docente e investigadora, de acuerdo con el tipo de tareas que
haya de realizar.
Primera prueba. Concurso de méritos.
7.3.1 De conformidad con la base 5.9, la sesión de valoración del concurso de
méritos se realizará, con carácter general, de forma telemática. En el supuesto que la
comisión de selección considere necesario que se realice de forma presencial, deberá
justificarlo de forma motivada.
7.3.2 La comisión de selección valorará en primer lugar la adecuación de cada
candidato al perfil de la plaza solicitada, de acuerdo con los criterios generales
aprobados por el Consejo de Gobierno y los criterios específicos de valoración para el
área de conocimiento, teniendo en cuenta su formación de grado y de posgrado, la tesis
doctoral, la actividad docente e investigadora y la actividad profesional.
Se considerará que hay una adecuación al perfil cuando más de la mitad de la
puntuación del conjunto de las cuestiones valoradas se correspondan con su contenido.
Si un candidato no se adecúa al perfil será considerado «No Apto» y no se procederá a
la valoración detallada del resto de apartados. Estos casos deberán motivarse
expresamente en el acta.
cve: BOE-A-2024-25946
Verificable en https://www.boe.es
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