Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25945)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, conjunta de la Universidad de Salamanca y la Consejería de Sanidad de Castilla y León, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169731
Estarán exentos de este pago los aspirantes que acrediten alguno de los siguientes
extremos:
a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Deberán
adjuntar certificación acreditativa de tal condición y acreditación de compatibilidad de
limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que aspira, expedidas por
los órganos competentes en materia de servicios sociales.
b) Los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: exención del 100 % a los miembros
de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación
del 50 % para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de
familia numerosa.
c) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La
condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada ley.
d) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
La falta de justificación de encontrarse exento de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
Documentación de los concursantes:
3.4.1 Los aspirantes acompañarán a sus solicitudes los documentos que acrediten
los requisitos de participación que se determinan en la presente convocatoria. Su no
aportación en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación concedido
al efecto determinará la exclusión del aspirante.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes no será
subsanable y determinará la exclusión.
3.4.2 Los aspirantes deberán adjuntar a su solicitud de participación, igualmente,
los documentos enumerados en la base 3.2.3).
Una vez finalizado dicho plazo, no podrán ser aportados documentos que avalen
nuevos méritos no declarados inicialmente o declarados sin justificación alguna; sólo se
podrá subsanar lo acreditado de forma defectuosa. La falta de presentación de la
certificación académica en el plazo de presentación de solicitudes conlleva que la
Comisión de Selección no asignará puntuación al mérito «Expediente Académico» de la
titulación alegada.
3.4.3 La fidelidad con el original de la solicitud y de los documentos del expediente
tramitados a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca se
garantizará bajo la única responsabilidad del interesado, mediante la utilización de su
firma electrónica avanzada para firmar dichos documentos. Con posterioridad, el órgano
encargado de la tramitación del procedimiento podrá solicitar el cotejo del archivo y las
copias aportadas y la exhibición del documento original.
Respecto a las publicaciones consignadas en el curriculum vitae, se incluirá,
además, una relación de las mismas con mención expresa de los datos bibliográficos
identificativos y de los criterios de calidad aceptados en el campo de conocimiento (por
ejemplo: índices de impacto en el año, cuartiles, número de citas) avalada mediante
declaración expresa responsable del interesado.
3.5 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación
por los aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva
cve: BOE-A-2024-25945
Verificable en https://www.boe.es
3.4
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 169731
Estarán exentos de este pago los aspirantes que acrediten alguno de los siguientes
extremos:
a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Deberán
adjuntar certificación acreditativa de tal condición y acreditación de compatibilidad de
limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que aspira, expedidas por
los órganos competentes en materia de servicios sociales.
b) Los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: exención del 100 % a los miembros
de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación
del 50 % para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de
familia numerosa.
c) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La
condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada ley.
d) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
La falta de justificación de encontrarse exento de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
Documentación de los concursantes:
3.4.1 Los aspirantes acompañarán a sus solicitudes los documentos que acrediten
los requisitos de participación que se determinan en la presente convocatoria. Su no
aportación en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación concedido
al efecto determinará la exclusión del aspirante.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes no será
subsanable y determinará la exclusión.
3.4.2 Los aspirantes deberán adjuntar a su solicitud de participación, igualmente,
los documentos enumerados en la base 3.2.3).
Una vez finalizado dicho plazo, no podrán ser aportados documentos que avalen
nuevos méritos no declarados inicialmente o declarados sin justificación alguna; sólo se
podrá subsanar lo acreditado de forma defectuosa. La falta de presentación de la
certificación académica en el plazo de presentación de solicitudes conlleva que la
Comisión de Selección no asignará puntuación al mérito «Expediente Académico» de la
titulación alegada.
3.4.3 La fidelidad con el original de la solicitud y de los documentos del expediente
tramitados a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca se
garantizará bajo la única responsabilidad del interesado, mediante la utilización de su
firma electrónica avanzada para firmar dichos documentos. Con posterioridad, el órgano
encargado de la tramitación del procedimiento podrá solicitar el cotejo del archivo y las
copias aportadas y la exhibición del documento original.
Respecto a las publicaciones consignadas en el curriculum vitae, se incluirá,
además, una relación de las mismas con mención expresa de los datos bibliográficos
identificativos y de los criterios de calidad aceptados en el campo de conocimiento (por
ejemplo: índices de impacto en el año, cuartiles, número de citas) avalada mediante
declaración expresa responsable del interesado.
3.5 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación
por los aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva
cve: BOE-A-2024-25945
Verificable en https://www.boe.es
3.4