Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25972)
Resolución de 2 de diciembre de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Productos para la Infancia, Asepri, para la organización de cuatro misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector de productos para la infancia, a celebrar en Valencia.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Jueves 12 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 170057

A estas misiones nos referiremos en adelante y de forma conjunta a todas como las
Misiones Inversas.
A estos efectos, se entiende por misión inversa, los viajes organizados a España con
el fin de que los compradores y prescriptores de opinión conozcan de primera mano las
características de la oferta española de los sectores de moda infantil y productos de
puericultura y hagan contacto con las empresas españolas que tienen como mercado
objetivo los países de los que proceden las referidas misiones inversas.
Las fechas para las Misiones Inversas objeto del presente convenio se acordarán, en
todo caso, en el seno de la Comisión de Seguimiento de conformidad con lo previsto en
la cláusula Quinta.
Para la organización de las Misiones Inversas ICEX podrá solicitar, cuando lo
estimen necesario las Partes, la colaboración de la Red de Oficinas Económicas y
Comerciales de España en el exterior (en adelante, Ofecomes), quienes se configuran
como sus centros de actuación en el extranjero.
Segunda.

Obligaciones de las Partes.

A tenor de lo expuesto, para la realización de las Misiones Inversas referidas en la
cláusula anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta en:
– Realización del programa general de las Misiones Inversas.
– Definir los países objetivo de las Misiones Inversas.
– Preparar un presupuesto previo de las Misiones Inversas.
– Captación de los participantes en las Misiones Inversas.
– En todas las referencias, actos, reseñas periodísticas o publicaciones relacionadas
con las misiones inversas a realizar en el marco del presente convenio, las Partes se
preocuparán de que se mencione expresamente la colaboración de las mismas y
figurarán sus logotipos.
– Difundir a través de sus canales habituales, y con la intensidad que estime
conveniente, las Misiones Inversas que se realicen al amparo del presente convenio.
– Para el correcto seguimiento del desarrollo de las Misiones Inversas, realizarán un
seguimiento y evaluación de las mismas.
De forma individual, las Partes se comprometen:
a)

Por parte del Colaborador Sectorial:

b)

Por parte de ICEX:

– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
las misiones inversas.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con las Misiones Inversas que se lleven a cabo bajo el presente convenio.

cve: BOE-A-2024-25972
Verificable en https://www.boe.es

– Convocar, bajo la supervisión de ICEX, a los participantes españoles en las
Misiones Inversas.
– Logística de los desplazamientos y alojamientos de los participantes en las
misiones, así como también del resto de actividades asociadas a la ejecución de las
Misiones Inversas.
– Acompañamiento y programación de las agendas de los participantes integrantes
de las Misiones Inversas.
– Preparación de una memoria económica, y una memoria técnica en la que se
describan las tareas realizadas en cada una de las misiones inversas organizadas al
amparo del presente convenio.