Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-25965)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de bien mueble, a favor de la colección de las prácticas del Instituto de Investigaciones y Experiencias Cinematográficas (IIEC) y de su sucesora la Escuela Oficial de Cinematografía (EOC), adscrita a la Filmoteca Española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 169975
Criterios de intervención
cve: BOE-A-2024-25965
Verificable en https://www.boe.es
Como señala el artículo 39 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico
español, los bienes declarados de interés cultural no podrán ser sometidos a tratamiento
alguno sin autorización expresa de los Organismos competentes para la ejecución de la
ley. Las restauraciones de los bienes declarados respetarán las aportaciones de todas
las épocas existentes. La eliminación de alguna de ellas sólo se autorizará con carácter
excepcional y siempre que los elementos que traten de suprimirse supongan una
evidente degradación del bien y su eliminación fuere necesaria para permitir una mejor
interpretación histórica del mismo. Las partes suprimidas quedarán debidamente
documentadas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 169975
Criterios de intervención
cve: BOE-A-2024-25965
Verificable en https://www.boe.es
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español, los bienes declarados de interés cultural no podrán ser sometidos a tratamiento
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ley. Las restauraciones de los bienes declarados respetarán las aportaciones de todas
las épocas existentes. La eliminación de alguna de ellas sólo se autorizará con carácter
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