Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-25866)
Orden EFD/1394/2024, de 2 de diciembre, por la que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Artes Gráficas; Artes y Artesanías; Informática y Comunicaciones; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; Textil, Confección y Piel; y Vidrio y Cerámica, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 168754
2. Se da una nueva redacción al anexo DCIX, cualificación profesional «Operaciones
en servicios funerarios». Nivel 2. SSC609_2, que se sustituye por la que figura en el
anexo XI de esta orden.
Artículo 10. Actualización de tres cualificaciones profesionales de la Familia Profesional
Artes y Artesanías establecidas por el Real Decreto 1036/2011, de 15 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1036/2011,
de 15 de julio, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales cuyas
especificaciones están contenidas en los anexos DCXXXIV, DCXXXVII y DCXXXVIII del
citado real decreto.
1. Se da una nueva redacción al anexo DCXXXIV, cualificación profesional
«Reposición, montaje y mantenimiento de elementos de relojería fina». Nivel 2. ART634_2,
que se sustituye por la que figura en el anexo XII de esta orden.
2. Se da una nueva redacción al anexo DCXXXVII, cualificación profesional
«Regulación de pianos verticales y de cola». Nivel 3. ART637_3, que se sustituye por la
que figura en el anexo XIII de esta orden.
3. Se da una nueva redacción al anexo DCXXXVIII, cualificación profesional
«Restauración de mecanismos de relojería». Nivel 3. ART638_3, que se sustituye por la
que figura en el anexo XIV de esta orden.
Artículo 11. Actualización de una cualificación profesional de la Familia Profesional
Vidrio y Cerámica establecida por el Real Decreto 1038/2011, de 15 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1038/2011,
de 15 de julio, se procede a la actualización de la cualificación profesional cuyas
especificaciones están contenidas en el anexo DCXXI citado real decreto.
Se da una nueva redacción al anexo DCXXI, cualificación profesional «Ensayos de
calidad en industrias del vidrio». Nivel 2. VIC621_2, que se sustituye por la que figura en
el anexo XV de esta orden.
Artículo 12. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales establecidas
por el Real Decreto 1788/2011, de 16 de diciembre.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1788/2011,
de 16 de diciembre, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales
cuyas especificaciones están contenidas en los anexos DCLXI, DCLXII, DCLXIII, DCLXV
y DCLXVII, citado real decreto.
1. Se da una nueva redacción al anexo DCLXI, cualificación profesional «Grabado y
técnicas de estampación». Nivel 3. ARG661_3, que se sustituye por la que figura en el
anexo XVI de esta orden.
2. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como
«Anexo DCLXII: Ilustración. Nivel 3. ARG662_3» sustituyendo, respectivamente, la
unidad de competencia «UC2229_3: Organizar y gestionar el Taller o Estudio Gráfico» y
el módulo formativo asociado «MF2229_3: Organización y gestión de un taller o estudio
gráfico (60 horas)», por la unidad de competencia «UC2229_3: Organizar y gestionar
el Taller o Estudio Gráfico» y el módulo formativo asociado «MF2229_3: Organización y
gestión de un taller o estudio gráfico (60 horas)», correspondientes al anexo XVI
«Grabado y técnicas de estampación. Nivel 3. ARG661_3 de esta orden.
3. Se da una nueva redacción al anexo DCLXIII, cualificación profesional
«Iniciación deportiva en karate». Nivel 2. AFD663_2, que se sustituye por la que figura
en el anexo XVII de esta orden.
4. Se da una nueva redacción al anexo DCLXV, cualificación profesional «Iniciación
deportiva en taekwondo». Nivel 2. AFD665_2, que se sustituye por la que figura en el
anexo XVIII de esta orden.
cve: BOE-A-2024-25866
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 299
Jueves 12 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 168754
2. Se da una nueva redacción al anexo DCIX, cualificación profesional «Operaciones
en servicios funerarios». Nivel 2. SSC609_2, que se sustituye por la que figura en el
anexo XI de esta orden.
Artículo 10. Actualización de tres cualificaciones profesionales de la Familia Profesional
Artes y Artesanías establecidas por el Real Decreto 1036/2011, de 15 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1036/2011,
de 15 de julio, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales cuyas
especificaciones están contenidas en los anexos DCXXXIV, DCXXXVII y DCXXXVIII del
citado real decreto.
1. Se da una nueva redacción al anexo DCXXXIV, cualificación profesional
«Reposición, montaje y mantenimiento de elementos de relojería fina». Nivel 2. ART634_2,
que se sustituye por la que figura en el anexo XII de esta orden.
2. Se da una nueva redacción al anexo DCXXXVII, cualificación profesional
«Regulación de pianos verticales y de cola». Nivel 3. ART637_3, que se sustituye por la
que figura en el anexo XIII de esta orden.
3. Se da una nueva redacción al anexo DCXXXVIII, cualificación profesional
«Restauración de mecanismos de relojería». Nivel 3. ART638_3, que se sustituye por la
que figura en el anexo XIV de esta orden.
Artículo 11. Actualización de una cualificación profesional de la Familia Profesional
Vidrio y Cerámica establecida por el Real Decreto 1038/2011, de 15 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1038/2011,
de 15 de julio, se procede a la actualización de la cualificación profesional cuyas
especificaciones están contenidas en el anexo DCXXI citado real decreto.
Se da una nueva redacción al anexo DCXXI, cualificación profesional «Ensayos de
calidad en industrias del vidrio». Nivel 2. VIC621_2, que se sustituye por la que figura en
el anexo XV de esta orden.
Artículo 12. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales establecidas
por el Real Decreto 1788/2011, de 16 de diciembre.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1788/2011,
de 16 de diciembre, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales
cuyas especificaciones están contenidas en los anexos DCLXI, DCLXII, DCLXIII, DCLXV
y DCLXVII, citado real decreto.
1. Se da una nueva redacción al anexo DCLXI, cualificación profesional «Grabado y
técnicas de estampación». Nivel 3. ARG661_3, que se sustituye por la que figura en el
anexo XVI de esta orden.
2. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como
«Anexo DCLXII: Ilustración. Nivel 3. ARG662_3» sustituyendo, respectivamente, la
unidad de competencia «UC2229_3: Organizar y gestionar el Taller o Estudio Gráfico» y
el módulo formativo asociado «MF2229_3: Organización y gestión de un taller o estudio
gráfico (60 horas)», por la unidad de competencia «UC2229_3: Organizar y gestionar
el Taller o Estudio Gráfico» y el módulo formativo asociado «MF2229_3: Organización y
gestión de un taller o estudio gráfico (60 horas)», correspondientes al anexo XVI
«Grabado y técnicas de estampación. Nivel 3. ARG661_3 de esta orden.
3. Se da una nueva redacción al anexo DCLXIII, cualificación profesional
«Iniciación deportiva en karate». Nivel 2. AFD663_2, que se sustituye por la que figura
en el anexo XVII de esta orden.
4. Se da una nueva redacción al anexo DCLXV, cualificación profesional «Iniciación
deportiva en taekwondo». Nivel 2. AFD665_2, que se sustituye por la que figura en el
anexo XVIII de esta orden.
cve: BOE-A-2024-25866
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Núm. 299