Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Becas. (BOE-B-2024-45507)
Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace pública la modificación de la concesión de que es titular la sociedad Barcelona Nautic Center, S.L. en el muelle de Llevant del puerto de Barcelona. Exp. 092/2023-SGSJC.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Jueves 12 de diciembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 71439

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

45507

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace
pública la modificación de la concesión de que es titular la sociedad
Barcelona Nautic Center, S.L. en el muelle de Llevant del puerto de
Barcelona. Exp. 092/2023-SGSJC.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona, en su
sesión celebrada en fecha 27 de noviembre de 2024, de conformidad con la
propuesta de la Dirección General y en el ejercicio de las funciones que le atribuye
el artículo 30.5.n) y s) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante, acordó aprobar la modificación de la concesión de que es titular
la sociedad Barcelona Nautic Center, S.L., destinada principalmente al diseño,
construcción, mantenimiento, reparación y venta de embarcaciones y buques, sita
en el muelle de Llevant del puerto de Barcelona, a los efectos de ampliar su
superficie y prorrogar su plazo concesional, todo ello con arreglo a las condiciones
igualmente aprobadas.
Las nuevas características de la concesión modificada son, entre otras, las
siguientes:
Plazo de la concesión: hasta el 4 de septiembre de 2043.
Ámbito espacial: Superficie de terreno de 18.239 m². Superficie de lámina de
agua de 7.810 m².
Tasa de ocupación (anual): 113.164,43 €.
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 85.7 de la citada norma.
Contra este acuerdo, que tiene carácter de acto administrativo definitivo y
agota la vía administrativa, se puede interponer, de forma potestativa, recurso de
reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Barcelona, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de
publicación de este anuncio, según establece el artículo 123 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.

En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso de reposición
se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Todo lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso o
reclamación que se estime procedente.
Barcelona, 9 de diciembre de 2024.- El presidente, José Alberto Carbonell
Camallonga.
ID: A240056670-1
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2024-45507
Verificable en https://www.boe.es

En caso de no estimarse oportuna la interposición de dicho recurso de
reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses
contados igualmente desde el día siguiente de la publicación de este anuncio, de
acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.