Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-25858)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Pablo de Olavide y Sevilla, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas, en ejecución de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168731
Undécimo.
Que las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga,
Sevilla y Pablo de Olavide, se comprometen a asegurar los equipamientos docentes e
infraestructuras de investigación que sean necesarios para un adecuado desarrollo de la
labor académica de este nuevo contingente de profesorado; así como a dotar de los
recursos necesarios a aquellos programas que atañen a la movilidad nacional e
internacional que estén directamente relacionados con la formación y perfeccionamiento
de las capacidades académicas de este nuevo profesorado, y reviertan en la institución
universitaria con una docencia de calidad y una investigación de excelencia.
Duodécimo.
Que la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de
Andalucía y las universidades públicas andaluzas se comprometen a rendir cuentas a
través de la comisión de seguimiento, que se crea al amparo de este convenio, sobre el
uso exclusivo de los recursos que le aporta el Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades en este programa, con las finalidades y objeto establecidos en el presente
convenio.
Decimotercero.
Que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y el Gobierno de Junta de
Andalucía manifiestan, mediante el presente convenio, su voluntad de establecer una
colaboración estrecha para la mejor ejecución de las obligaciones contenidas en la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, con objeto de alcanzar el fin de interés común
consistente en la consecución de la mejora de la calidad de la plantilla de profesorado
universitario, que refuerce el dinamismo y potencia de las universidades públicas
andaluzas.
Decimocuarto.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, el Gobierno de la Junta de
Andalucía y las universidades públicas andaluzas acuerdan el número de plazas de
Profesorado Ayudante Doctor que corresponden a cada universidad en el amparo de
este programa.
Que en virtud del acuerdo por el que se aprueba la propuesta de distribución
territorial de los fondos que sustentan las plazas de Profesorado Ayudante Doctor del
Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador de las Universidades
Públicas Españolas, en el ejercicio presupuestario 2024, adoptado por la Conferencia
General de Política Universitaria en su sesión del día 19 de junio de 2024, se ha
procedido, en ejecución de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, a establecer los criterios objetivos para la adecuada
dotación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las
universidades españolas, ejecutándose mediante el presente convenio la distribución
territorial de los fondos que corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Decimosexto.
Por todo ello, el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Consejería de
Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía y las universidades
públicas andaluzas se comprometen a hacer una aportación económica equilibrada y
corresponsable en las acciones a que den lugar este convenio, para el cumplimiento del
fin común de las partes signatarias que motiva su suscripción.
cve: BOE-A-2024-25858
Verificable en https://www.boe.es
Decimoquinto.
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168731
Undécimo.
Que las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga,
Sevilla y Pablo de Olavide, se comprometen a asegurar los equipamientos docentes e
infraestructuras de investigación que sean necesarios para un adecuado desarrollo de la
labor académica de este nuevo contingente de profesorado; así como a dotar de los
recursos necesarios a aquellos programas que atañen a la movilidad nacional e
internacional que estén directamente relacionados con la formación y perfeccionamiento
de las capacidades académicas de este nuevo profesorado, y reviertan en la institución
universitaria con una docencia de calidad y una investigación de excelencia.
Duodécimo.
Que la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de
Andalucía y las universidades públicas andaluzas se comprometen a rendir cuentas a
través de la comisión de seguimiento, que se crea al amparo de este convenio, sobre el
uso exclusivo de los recursos que le aporta el Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades en este programa, con las finalidades y objeto establecidos en el presente
convenio.
Decimotercero.
Que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y el Gobierno de Junta de
Andalucía manifiestan, mediante el presente convenio, su voluntad de establecer una
colaboración estrecha para la mejor ejecución de las obligaciones contenidas en la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, con objeto de alcanzar el fin de interés común
consistente en la consecución de la mejora de la calidad de la plantilla de profesorado
universitario, que refuerce el dinamismo y potencia de las universidades públicas
andaluzas.
Decimocuarto.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, el Gobierno de la Junta de
Andalucía y las universidades públicas andaluzas acuerdan el número de plazas de
Profesorado Ayudante Doctor que corresponden a cada universidad en el amparo de
este programa.
Que en virtud del acuerdo por el que se aprueba la propuesta de distribución
territorial de los fondos que sustentan las plazas de Profesorado Ayudante Doctor del
Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador de las Universidades
Públicas Españolas, en el ejercicio presupuestario 2024, adoptado por la Conferencia
General de Política Universitaria en su sesión del día 19 de junio de 2024, se ha
procedido, en ejecución de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, a establecer los criterios objetivos para la adecuada
dotación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las
universidades españolas, ejecutándose mediante el presente convenio la distribución
territorial de los fondos que corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Decimosexto.
Por todo ello, el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Consejería de
Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía y las universidades
públicas andaluzas se comprometen a hacer una aportación económica equilibrada y
corresponsable en las acciones a que den lugar este convenio, para el cumplimiento del
fin común de las partes signatarias que motiva su suscripción.
cve: BOE-A-2024-25858
Verificable en https://www.boe.es
Decimoquinto.