Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25850)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta híbrida Gecama, con un módulo de generación fotovoltaica de 250,08 MW de potencia instalada y un módulo de almacenamiento por baterías de 100 MW de potencia, así como sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Cuenca».
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Miércoles 11 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 168650

del relieve por los movimientos de tierra para la explanación y acondicionamiento del
terreno, así como la contaminación del suelo y subsuelo por vertidos accidentales. En
fase de explotación, se prevé la compactación y posible contaminación del suelo
derivada de las tareas de mantenimiento, además de la ocupación permanente de las
instalaciones del proyecto.
Para paliar los impactos detectados en fase de obras, el método constructivo
empleado será, preferiblemente, mediante hinca directa al suelo. El proyecto se diseña
limitando al máximo los movimientos de tierra, por lo que las infraestructuras se sitúan en
terrenos generalmente llanos, aunque existen algunas zonas con pendientes ligeras que
pueden llegar al 15 %. Por ello, además de la aplicación de medidas indicadas para otros
factores como la limitación de desbroces, y la instalación de parques de maquinaria fuera
de zonas sensibles, serán de aplicación medidas para la protección del suelo como la
restitución de su morfología y estructura original, favoreciendo la recuperación de la
vegetación natural existente en aquellas zonas que sean ocupadas temporalmente por
las obras. Además, el promotor indica que se adoptarán medidas para evitar fenómenos
erosivos y pérdida de suelo por movimiento de tierras, sin embargo, dichas medidas no
se encuentran definidas.
Por otro lado, el promotor propone medidas de carácter general para la correcta
gestión de residuos, control de vertidos y ubicación adecuada de las instalaciones en
fase de explotación.
La Oficina Española de Cambio Climático del MITECO manifiesta que algunos de los
principales factores derivados del proyecto con implicaciones importantes en la
adaptación al cambio climático, son la ocupación del terreno, el uso del agua y el suelo,
entre otros. Asimismo, propone una serie de medidas de adaptación relativas a la
conservación del suelo, para evitar procesos de erosión-desertificación y llevar a cabo la
mejora de la estructura del suelo y su función como sumidero de carbono. Se deberán
aplicar medidas para evitar la distorsión de los flujos naturales del agua y elementos
clave del ciclo hidrológico, como la escorrentía y la infiltración. El promotor señala que en
el EsIA se analiza la vulnerabilidad del área de estudio mediante simulaciones climáticas,
concluyendo que los ecosistemas y la biodiversidad podrían verse afectados por
cambios en las precipitaciones, mayor erosión del suelo y un aumento en el riesgo de
incendios forestales. Por ello, el promotor indica que se proponen medidas para mitigar
estos efectos y se tendrán en cuenta las recomendaciones del Estudio Ambiental
Estratégico del PNIEC para el despliegue de energías renovables, tal y como solicita el
organismo.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla La-Mancha realiza consideraciones acerca de la posible incidencia del
proyecto en el suelo e indica que se deberán adoptar medidas para evitar fenómenos
erosivos y pérdida de suelo por movimiento de tierras en la fase de ejecución del
proyecto y de explotación. Además, incide en la minimización de los movimientos de
tierra, utilizando, preferiblemente, módulos anclados mediante hincado de perfiles
metálicos al suelo. Una vez realizados los trabajos, deberá restituirse en la medida de lo
posible la morfología y estructura natural del terreno original, favoreciendo así la
recuperación de la vegetación natural existente previamente a dicha actuación. Además,
como se detalla en el punto b.4) de la presente resolución, este organismo solicita la
eliminación de la implantación del recinto catastral 14 de la parcela 58 del polígono 501,
dentro de las parcelas previstas para la PSFV, con una pendiente superior al 12 %, lo
que el promotor finalmente asume.
Por último, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla La-Mancha solicita la presentación del levantamiento
topográfico con identificación de las zonas de desmonte y terraplén asociado al
movimiento de tierras en el acondicionamiento de superficie para instalación de
seguidores y medidas de restauración previstas para minimizar afecciones de erosión y
pérdida de suelo. El promotor se muestra de acuerdo con estas indicaciones.

cve: BOE-A-2024-25850
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Núm. 298