Ministerio de Política Territorial y Memoria DemocráticaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2024-45252)
Resolución de la Delegación del Gobierno en Andalucía por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la construcción de la Infraestructura de evacuación de la Planta Solar Fotovoltaica "Cabra 0" (línea eléctrica subterránea a 30 KV, subestación Cabra Promotores 30/400 KV, línea aérea a 400 KV, y subestación seccionadora Nudo Cabra 400 KV), en los términos municipales de Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra en la provincia de Córdoba. (PFot-240).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 70752
de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52, el
levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de
ocupación definitiva.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, y en el
artículo 149.2 del Real Decreto 1955/2000, este reconocimiento de utilidad pública,
en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por
los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para
el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de
dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades
Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio,
obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de
cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por personas debidamente autorizadas, aportando
el Documento Nacional de Identidad, los documentos acreditativos de su titularidad
(Nota Simple o Escritura pública) y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo estiman
oportuno.
La Resolución de levantamiento de actas previas a la ocupación figurará en el
tablón de edictos de los Ayuntamientos en cuyo término municipal se halla la finca
y se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación,
significándose que la presente publicación se realiza, igualmente, a los efectos
previstos en el art. 44 de la Ley 39/ 2015 de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la
presente Resolución en los casos de titular desconocido, domicilio ignorado o
aquéllos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse.
En el expediente expropiatorio, la empresa Nueva Era Solar M&D IV S.L.
asume la condición de entidad beneficiaria. Las características y demás datos de
las afecciones y convocatoria son las que figuran en el anexo adjunto.
Anexo I
Relación de Bienes y Derechos afectados para la línea eléctrica subterránea
30 kV, de evacuación de energía de generación de la planta fotovoltaica "Cabra 0"
Nº Finca
T.M.
Nº Pol.
Nº Par.
Naturaleza
Día/mes
hora
Titular
Longitud
canalización
(ml)
Servidumbre de
paso sub. (m2)
Ocupación
Temporal (m2)
cve: BOE-B-2024-45252
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, y de acuerdo con el artículo 56.2 del vigente Reglamento de
Expropiación Forzosa, los titulares y demás interesados podrán formular, ante el
Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba,
cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los
posibles errores que se hayan podido cometer al relacionar los bienes y derechos
afectados, en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Córdoba, sita en la Plaza de la Constitución nº 1, 14071 Córdoba, en
las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a
través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado: https://
rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do código de órgano de destino
EA0040210- Subdelegación del Gobierno en Córdoba - Área Funcional de
Industria y Energía. Oficina de servicio: O00006375 – Registro General de la
Subdelegación del Gobierno en Córdoba.
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 70752
de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52, el
levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de
ocupación definitiva.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, y en el
artículo 149.2 del Real Decreto 1955/2000, este reconocimiento de utilidad pública,
en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por
los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para
el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de
dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades
Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio,
obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de
cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por personas debidamente autorizadas, aportando
el Documento Nacional de Identidad, los documentos acreditativos de su titularidad
(Nota Simple o Escritura pública) y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo estiman
oportuno.
La Resolución de levantamiento de actas previas a la ocupación figurará en el
tablón de edictos de los Ayuntamientos en cuyo término municipal se halla la finca
y se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación,
significándose que la presente publicación se realiza, igualmente, a los efectos
previstos en el art. 44 de la Ley 39/ 2015 de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la
presente Resolución en los casos de titular desconocido, domicilio ignorado o
aquéllos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse.
En el expediente expropiatorio, la empresa Nueva Era Solar M&D IV S.L.
asume la condición de entidad beneficiaria. Las características y demás datos de
las afecciones y convocatoria son las que figuran en el anexo adjunto.
Anexo I
Relación de Bienes y Derechos afectados para la línea eléctrica subterránea
30 kV, de evacuación de energía de generación de la planta fotovoltaica "Cabra 0"
Nº Finca
T.M.
Nº Pol.
Nº Par.
Naturaleza
Día/mes
hora
Titular
Longitud
canalización
(ml)
Servidumbre de
paso sub. (m2)
Ocupación
Temporal (m2)
cve: BOE-B-2024-45252
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, y de acuerdo con el artículo 56.2 del vigente Reglamento de
Expropiación Forzosa, los titulares y demás interesados podrán formular, ante el
Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba,
cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los
posibles errores que se hayan podido cometer al relacionar los bienes y derechos
afectados, en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Córdoba, sita en la Plaza de la Constitución nº 1, 14071 Córdoba, en
las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a
través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado: https://
rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do código de órgano de destino
EA0040210- Subdelegación del Gobierno en Córdoba - Área Funcional de
Industria y Energía. Oficina de servicio: O00006375 – Registro General de la
Subdelegación del Gobierno en Córdoba.