Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25756)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Internacional de La Rioja, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168117
II. Que UNIR es una universidad reconocida por la Ley 3/2008, de 13 de octubre,
por el Parlamento de La Rioja, que entró en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial de La Rioja» (BOR núm. 134, 15 de octubre de 2008) y fue publicada en
el BOE (núm. 261) el 29 de octubre de 2008 y que se rige por la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por las directrices de la Unión Europea y por
las normas que dicta el Estado español y la Comunidad Autónoma de La Rioja, de
acuerdo con lo anterior, la UNIR tiene entre sus objetivos la formación integral de los
estudiantes en las competencias que demanda la sociedad actual, impulsando la
investigación, el desarrollo y la innovación y desea colaborar con empresas e
instituciones con el fin de cumplir sus objetivos.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos.
III. Por su parte UNIR goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de la
Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de Sistema Universitario. El
artículo 3.2.q) de esta última norma establece que dicha autonomía comprende, entre
otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras universidades, instituciones,
organismos, Corporaciones de Derecho Público, Administraciones Públicas o empresas
y entidades locales, nacionales e internacionales, con el objeto de desarrollar algunas de
las funciones que le son propias a la Universidad».
IV. Que el Instituto Cervantes y UNIR suscribieron el 18 de diciembre de 2020 un
convenio para la realización de prácticas académicas externas de sus estudiantes y es
voluntad de las partes suscribir el presente convenio con el fin de actualizar la anterior
colaboración y mantener la cooperación en el desarrollo de un programa de prácticas
académicas externas para que los estudiantes de la Universidad puedan realizar
prácticas curriculares no remuneradas en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o
en sus centros en el exterior, que les permitan aplicar y complementar los conocimientos
adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que
les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y
fomenten su capacidad de emprendimiento.
V. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
VI. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en fecha 7 de diciembre de 2023.
VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y UNIR para la realización de prácticas académicas externas curriculares no
remuneradas de estudiantes matriculados o que se encuentren cursando estudios en
UNIR en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior.
cve: BOE-A-2024-25756
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168117
II. Que UNIR es una universidad reconocida por la Ley 3/2008, de 13 de octubre,
por el Parlamento de La Rioja, que entró en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial de La Rioja» (BOR núm. 134, 15 de octubre de 2008) y fue publicada en
el BOE (núm. 261) el 29 de octubre de 2008 y que se rige por la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por las directrices de la Unión Europea y por
las normas que dicta el Estado español y la Comunidad Autónoma de La Rioja, de
acuerdo con lo anterior, la UNIR tiene entre sus objetivos la formación integral de los
estudiantes en las competencias que demanda la sociedad actual, impulsando la
investigación, el desarrollo y la innovación y desea colaborar con empresas e
instituciones con el fin de cumplir sus objetivos.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos.
III. Por su parte UNIR goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de la
Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de Sistema Universitario. El
artículo 3.2.q) de esta última norma establece que dicha autonomía comprende, entre
otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras universidades, instituciones,
organismos, Corporaciones de Derecho Público, Administraciones Públicas o empresas
y entidades locales, nacionales e internacionales, con el objeto de desarrollar algunas de
las funciones que le son propias a la Universidad».
IV. Que el Instituto Cervantes y UNIR suscribieron el 18 de diciembre de 2020 un
convenio para la realización de prácticas académicas externas de sus estudiantes y es
voluntad de las partes suscribir el presente convenio con el fin de actualizar la anterior
colaboración y mantener la cooperación en el desarrollo de un programa de prácticas
académicas externas para que los estudiantes de la Universidad puedan realizar
prácticas curriculares no remuneradas en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o
en sus centros en el exterior, que les permitan aplicar y complementar los conocimientos
adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que
les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y
fomenten su capacidad de emprendimiento.
V. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
VI. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en fecha 7 de diciembre de 2023.
VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y UNIR para la realización de prácticas académicas externas curriculares no
remuneradas de estudiantes matriculados o que se encuentren cursando estudios en
UNIR en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior.
cve: BOE-A-2024-25756
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