Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-25709)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases y convocatoria para la provisión de plaza de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Martes 10 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 167928

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE HACIENDA
25709

Resolución de 29 de noviembre de 2024, del Consorcio de la Ciudad de
Toledo, por la que se aprueban las bases y convocatoria para la provisión de
plaza de personal laboral.

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, introduce en su disposición final vigésima tercera la modificación del
artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
en relación con la disposición adicional vigésima tercera que regula la contratación de
personal de los Consorcios:
«Artículo 121 Régimen de personal.
El personal al servicio de los consorcios podrá ser funcionario o laboral y habrá de
proceder de las Administraciones participantes, en cuyo caso su régimen jurídico será el
de la Administración Pública de adscripción y sus retribuciones en ningún caso podrán
superar las establecidas para puestos de trabajo equivalentes en aquella.
Excepcionalmente, cuando no resulte posible contar con personal procedente de las
Administraciones participantes en el consorcio en atención a la singularidad de las
funciones a desempeñar o cuando, tras un anuncio público de convocatoria para la
cobertura de un puesto de trabajo restringida a las administraciones consorciadas, no
fuera posible cubrir dicho puesto, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, u órgano
competente de la Administración a la que se adscriba el consorcio, podrá autorizar la
contratación de personal por parte del consorcio para el ejercicio de dichas funciones, en
los términos previstos en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado».

«El personal al servicio del Consorcio podrá ser funcionario y laboral. Su régimen
jurídico será el aplicable al personal de la Administración General del Estado. El personal
laboral se regirá por lo establecido en su contrato de trabajo, en el convenio colectivo
que sea de aplicación y supletoriamente por el Convenio Único para el personal laboral
de la Administración General del Estado».
Con fecha 2 de marzo de 2023 la Dirección General de Función Pública del
Ministerio de Hacienda y Función Pública autoriza al Consorcio de la Ciudad de Toledo la
contratación indefinida de una plaza de administrativo con cargo a la tasa de
reposición 2023 y con base en lo dispuesto en la disposición adicional vigésima tercera
de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023.

cve: BOE-A-2024-25709
Verificable en https://www.boe.es

El artículo 17.1 de los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Toledo, aprobados por
el Consejo de Administración de 13 de diciembre de 2018, publicados en el BOE
de 24 de diciembre de 2018, mediante resolución de 20 de diciembre de 2018 de la
Subsecretaria del Ministerio de Hacienda y modificados parcialmente por el Consejo de
Administración del Consorcio de la Ciudad de Toledo el 21 de diciembre de 2022 y
publicados en el BOE de fecha 16 de febrero de 2023, mediante Resolución de 7 de
febrero de 2023 de la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, establece la
aplicación supletoria del Convenio Único para el personal laboral de la Administración
General del Estado: