Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25770)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Almacén temporal individualizado de capacidad total (ATI-100) en la central nuclear Ascó (Tarragona)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Martes 10 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 168208

Los principales impactos en la fase de obras serán la eliminación de la vegetación
existente en la zona de proyecto, puesto que se eliminarán 167 individuos, incluyendo
tanto pies arbustivos aislados como pies arbóreos de 18 especies diferentes, ninguna de
ellas protegida. Asimismo, las actividades durante la construcción, principalmente, las
tareas de despeje, desbroce, excavaciones y traslado de sobrantes darán lugar a la
generación de partículas en suspensión en la atmósfera (polvo), que pueden provocar un
efecto indirecto sobre la vegetación del entorno, como consecuencia del depósito de
material pulverulento sobre las hojas. Estos depósitos pueden interferir en el intercambio
gaseoso reduciendo, temporalmente, la actividad fotosintética de la vegetación.
No consta en el expediente ningún informe de Administración competente que realice
observaciones específicas sobre las posibles afecciones a la vegetación, flora e HICs.
No obstante, la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la
Generalitat de Catalunya concluye en su informe que no hay impactos significativos
sobre la biodiversidad.
A pesar de no preverse impactos significativos sobre este elemento, esta Dirección
General incluye una serie de condiciones en la presente resolución, para garantizar su
adecuada protección.
Fauna:

Según indica el EsIA, dentro del ámbito de proyecto se pueden localizar
potencialmente las siguientes especies de fauna amenazada: sapo de espuelas
(Pelobates cultripes), galápago europeo (Emys orbicularis), galápago leproso (Mauremys
leprosa), bermejuela (Chondrostoma arcasii), águila perdicera (Aquila fasciata), polluela
chica (Zaponia pusila) y tórtola europea (Streptopelia turtur). Durante las visitas de
campo no se ha observado ninguna de las especies mencionadas.
De las especies catalogadas como «Vulnerables» o «En Peligro de Extinción», no se
espera que ninguna aparezca como residente en la zona donde se ubicará el ATI-100,
dado el carácter industrial de su emplazamiento. Durante las visitas a campo realizadas
no se ha observado la presencia de ninguna de las especies de fauna amenazada, ni
tampoco se ha encontrado ningún nido en la zona de actuación.
Dentro del ámbito de proyecto se han registrado avistamientos de águila perdicera y de
tórtola europea, así como de comadreja común (Mustela nivalis) en las inmediaciones de la
instalación. La zona de implantación del nuevo ATI-100 se incluye dentro de la zona de campeo
de ambas especies de avifauna, por lo que no se descarta su presencia.
Respecto a los impactos sobre la fauna, puesto que las instalaciones del proyecto se
ubicarán en una parcela que en la actualidad dispone de cobertura vegetal, la
eliminación de ésta supone la pérdida de hábitat de alimentación de la fauna, sin
embargo, se espera que su magnitud real sea poco significativa, ya que la zona de
actuación es muy reducida y está muy antropizada.
En general, prácticamente todas las actividades de la fase de construcción pueden
ocasionar molestias y cambios de conducta en las especies de fauna que pueden utilizar
estas zonas, en un momento dado, para diferentes fines (alimentación, cobijo temporal o
simplemente paso). Estas molestias y cambios de conducta están asociadas a la
aparición de ruidos y vibraciones, a la iluminación nocturna y en general a la presencia
humana. Sin embargo, todo esto se produce dentro de las instalaciones de la propia
central ya en funcionamiento con lo que no se estiman impactos significativos. En la fase
de funcionamiento, el ATI-100 se integrará con el resto de las instalaciones existentes en
la central, y no se espera que ocasione afección a la fauna del entorno.
Finalmente, la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat
de Catalunya estima que no hay impactos significativos sobre la biodiversidad.
A pesar de no preverse impactos significativos sobre este elemento, esta Dirección
General incluye una serie de condiciones en la presente resolución, para garantizar su
adecuada protección.

cve: BOE-A-2024-25770
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